Subvenciones para proyectos de innovación empresarial (I+D+i) - Proyectos de investigación aplicada y desarrollo tecnológico para la cadena de valor del sector químico

Código de ayuda:

S21573/26

Norma:

Resolución EMT/2403/2026, de 10 de julio. Resolución EMT/2799/2026, de 31 de julio.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 22 de septiembre de 2026 a las 14:00h

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de la subvención es facilitar a las empresas y a los agentes de transferencia tecnológica la realización de proyectos de investigación aplicada y desarrollo tecnológico (I+D) en la cadena de valor del sector químico.

Estos proyectos deben generar un progreso tecnológico, entendido como un avance de la tecnología respecto al estado del arte existente. Dicho estado del arte deberá permitir identificar el nivel de madurez tecnológica de partida y el progreso esperado como resultado de la ejecución del proyecto de I+D.

Como marco de referencia para medir este avance tecnológico se utilizará la escala de Nivel de Madurez Tecnológica (Technology Readiness Level, TRL).

Categorías Subvención

  • Calidad
  • Equipamientos informáticos y Tecnología
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Empresa y Trabajo (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía máxima destinada a la convocatoria es de 800.000,00 €, distribuida en las siguientes anualidades:

2026: 528.000,00 €
2027: 0,00 €
2028: 40.800,00 €
2029: 231.200,00 €

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Fundaciones
  • Investigadores / Centros tecnológicos / Centros de I+D
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Empresas con un mínimo de 2 años de antigüedad.
Empresas que desarrollen proyectos individuales.
Agrupaciones de empresas en proyectos cooperativos.
Agentes de transferencia tecnológica con acreditación vigente TECNIO.
Proyectos en cooperación entre empresas y agentes TECNIO

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Obtención y preparación de materias primas.
Desarrollo de procesos de producción química.
Química básica, química fina y especialidades químicas.
Materiales avanzados, polímeros, composites y nanomateriales.
Formulación, transformación y validación de productos químicos.
Automatización, digitalización industrial e inteligencia artificial aplicada.
Descarbonización, eficiencia energética y captura de carbono.
Economía circular y reciclaje químico.
Recuperación de recursos y materias primas secundarias.
Tratamiento de aguas y efluentes industriales.
Integración de energías renovables e hidrógeno.
Servicios avanzados de I+D, ingeniería, ensayo, validación y pilotos.

Requisitos:

Empresas

a) Disponer de un mínimo de dos años de antigüedad en la fecha de solicitud, contados desde la inscripción en el Registro Mercantil o registro análogo.

b) Cuando el gasto subvencionable previsto sea igual o superior a 400.000 euros, acreditar la aptitud financiera mediante la evaluación realizada por ACCIÓ.

c) Contar con al menos un 2 % de personas trabajadoras con discapacidad, o aplicar las medidas alternativas legalmente previstas.

d) Estar al corriente de las obligaciones tributarias, con la Seguridad Social, la Generalitat y no tener deudas con ACCIÓ.

e) No encontrarse en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiaria previstas en la Ley General de Subvenciones.

f) Disponer de medidas de prevención y actuación frente al acoso sexual y por razón de sexo (empresas de 25 o más trabajadores).

g) No haber sido sancionadas por infracciones graves o muy graves en materia laboral, de integración de personas con discapacidad o de seguridad y salud laboral.

h) Disponer de un sistema de gestión de prevención de riesgos laborales.

i) Cumplir la normativa de igualdad de oportunidades y, en empresas de 50 o más trabajadores, disponer de un Plan de Igualdad.

j) No estar sujetas a una orden de recuperación pendiente de ayudas declaradas ilegales por la Comisión Europea.

k) En la línea de I+D, no encontrarse en situación de crisis según el Reglamento General de Exención por Categorías.

l) No superar el límite de 300.000 euros de ayudas de minimis durante los tres años anteriores.

m) Cumplir la normativa de morosidad para subvenciones superiores a 30.000 euros.

n) Cumplir cualquier otra obligación legal o reglamentaria aplicable.

Entidades sin ánimo de lucro y fundaciones

Además de los requisitos anteriores que resulten aplicables:

Estar inscritas en el registro correspondiente.
Tener los estatutos adaptados a la normativa catalana vigente.
Haber presentado las cuentas anuales ante el protectorado, en el caso de las fundaciones.

Documentos asociados

Boletín: 05/07/2026
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 9708
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 05/08/2026
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 9723
Documento: Convocatoria Descargar Documento