Subvenciones para proyectos de formacion e investigacion de contenidos audiovisuales.- Convocatoria 2012.

Código de ayuda:

S34273/12

Norma:

RESOLUCION CLT/1800/2012, de 30 de agosto. RESOLUCIÓN CLT/1953/2012, de 19 de septiembre.

Plazo de Solicitud:

Hasta el día 31 de octubre de 2012.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Abrir convocatoria para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para proyectos de formación e investigación de contenidos audiovisuales.

Categorías Subvención

  • Audiovisual, Prensa y Publicaciones
  • Formación
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Cultura (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía máxima de la subvención no puede superar el 50% del total del presupuesto de la actividad y no puede ser superior a 30.000,00 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las empresas domiciliadas en Cataluña o en un estado miembro de la Unión Europea o asociado al Espacio Económico Europeo con establecimiento permanente en Cataluña, así como las entidades públicas y/o privadas sin ánimo de lucro domiciliadas en Cataluña, que lleven a cabo las actividades
establecidas.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Organización de proyectos de formación no reglada en el ámbito audiovisual, como por ejemplo congresos, seminarios, encuentros, talleres, cursos o eventos de carácter puntual, que contribuyan a un mejor conocimiento del panorama audiovisual desde una perspectiva cultural y/o profesional.

b) Organización de proyectos de formación postuniversitaria en el ámbito audiovisual de carácter profesional.

c) Realización de proyectos de investigación y estudio que ofrezcan herramientasde conocimiento y desarrollo de la industria audiovisual catalana.

Requisitos:

La actividad objeto de subvención deberá haberse iniciado y concluido entre
el 1 de enero y el 31 de diciembre del año de la concesión de la subvención.

Para las actividades de duración superior, solo se imputará, a efectos de subvención, la parte de la actividad realizada dentro de este periodo.

Las solicitudes de subvención deberán cumplir los siguientes requisitos:

a) La actividad objeto de subvención deberá realizarse en el territorio de Cataluña.

b) Acreditar experiencia de al menos dos años por parte de la empresa o entidad solicitante en la formación o investigación en el ámbito audiovisual o, en su defecto, de los responsables que organizan la actividad objeto de la solicitud.

La ejecución de la actividad podrá ser subcontratada, con un límite del 50%.

Documentos asociados

Boletín: 14/09/2012
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6213
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 02/10/2012
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6224
Documento: Convocatoria 2012. Descargar Documento