Subvenciones para proyectos de energías renovables térmicas, para los años 2020-2021, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, en el marco del programa operativo Feder Galicia 2014-2020.

Código de ayuda:

S32019/20

Norma:

RESOLUCIÓN de 19 de junio de 2020. RESOLUCIÓN de 7 de junio de 2021.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 1 de agosto de 2020.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 500.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de estas bases es apoyar proyectos con fines de ahorro energético y fomento del uso racional de las energías renovables. Los proyectos se limitarán a instalaciones para la generación de energía térmica mediante equipos que utilicen biomasa como combustible y otras instalaciones de energías renovables que utilicen como fuente energética la geotermia, la aerotermia y la solar térmica.

Categorías Subvención

  • Inversiones Materiales y Equipos
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

INEGA - Instituto Energético de Galicia (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía máxima por beneficiario será de 500.000,00 €.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

a) Las entidades locales de Galicia y entidades de ella dependientes.

b) Las entidades sin ánimo de lucro.

c) Empresas legalmente constituidas y autónomos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. El equipo principal de generación energética (paneles solares, bomba de calor, caldera...). En el caso de la biomasa el coste del equipo térmico y sus accesorios principales (sistema de regulación y control, sistemas de limpieza, depuración de humos, extracción de cenizas).

2. El resto de accesorios de la instalación para el correcto funcionamiento del sistema.

3. El coste del sistema de almacenamento del combustible.

4. El coste del sistema de alimentación del combustible.

5. El coste de montaje y conexionado.

6. En el caso de la energía geotérmica, el sistema de captación del recurso geotérmico: sondeos, intercambiadores, acumuladores, tuberías, etc.

7. En el caso de redes de distribución de calor con biomasa el coste de la red de distribución de energía térmica (hasta la sala de caldera existente sí se conecta a ella o, en el caso contrario, al punto de entrada al edificio) y, en su caso, el coste de los sistemas para la conexión con las salas de calderas existentes. La obra civil necesaria de la sala de calderas.

Documentos asociados

Boletín: 01/07/2020
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Documento: Bases, Convocatoria 2020 y Anexos Descargar Documento
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