Subvenciones para proyectos de desarrollo y educación global
Código de ayuda:
S19037/25Norma:
Resolución UEX/2394/2025, de 23 de junio.Plazo de Solicitud:
A establecer en la correspondiente convocatoria.Finalidad u objetivo de la ayuda:
1 El objeto de estas subvenciones es apoyar proyectos de desarrollo y educación global impulsados pororganizaciones no gubernamentales de desarrollo (ONGD) con implantación en Cataluña, universidades del
sistema universitario de Cataluña y los centros de investigación propios o adscritos a dichas universidades.
1.2 Los proyectos deben integrar el enfoque de género y basado en derechos humanos (EGyBDH) y deben
desarrollarse mediante la tipología de proyectos que se detallarán en las convocatorias correspondientes.
1.3. Se establecen dos modalidades de proyectos:
a) Proyectos de desarrollo. Los proyectos deben desarrollarse en determinados países receptores de ayuda
oficial al desarrollo (AOD) y a través de las entidades socias locales.
b) Proyectos de educación global. Es necesario que los proyectos tengan como marco de referencia las
desigualdades globales, los retos de desarrollo, así como las vulneraciones de derechos humanos en los países receptores de AOD. Tienen que incluir actuaciones en Cataluña que evidencien la dimensión global de fenómenos locales a través de su interconexión e interdependencia.
Categorías Subvención
Asesorías, Auditorías y Consultorías Externas
Asociacionismo y Voluntariado
Educación y Ciencia
Formación
Inversiones Materiales y Equipos
Localización del organismo gestor

Convoca:
AGENCIA CATALANA DE COOPERACIÓN AL DESARROLLO (Cataluña)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Podrán acceder a la condición de beneficiarias de las subvenciones, al amparo de las convocatoriascorrespondientes, las entidades referidas en la base 1.1, que podrán presentar proyectos en solitario o en agrupación.
Se entiende por ONGD las asociaciones, fundaciones y cooperativas sin ánimo de lucro que tengan objetivos y finalidades coincidentes con el objeto y finalidades de las subvenciones reguladas en estas bases.
Una federación o confederación de entidades solo puede obtener la condición de entidad beneficiaria en el
supuesto de que ninguna de las entidades que la integran se presente a la misma convocatoria. A efectos de comprobar si una entidad miembro de la federación o confederación se presenta a la misma convocatoria, se tendrán en cuenta tanto las solicitudes de subvención presentadas por la entidad miembro como aquellas en las que conste como entidad agrupada.
Los comités catalanes con sede o delegación en Cataluña de los Programas, Fondos y Agencias de Naciones
Unidas solo podrán obtener la condición de entidad beneficiaria (líder o agrupada) en la modalidad de
proyectos de educación global.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) Gastos corrientes- Remuneración de personal asalariado
- Alquileres
- Mantenimiento, conservación y reparación
- Material ordinario
- Suministros
- Comunicaciones, gastos postales y mensajería
- Reuniones, conferencias y formaciones
- Publicidad y difusión
- Publicaciones
- Trabajos técnicos y profesionales
- Identificación y formulación
- Evaluación
- Dietas, desplazamientos y alojamientos
- Informe de auditor
- Gastos financieros
- Gastos de soporte legal
- Becas para estudios y cursos de formación
- Imprevistos
b) Gastos directos de inversión
- Bienes de inversión
c) Gastos indirectos
Se trata normalmente de gastos administrativos y gastos de funcionamiento, tales como los vinculados a
suministros, alquiler de oficina, gestoría y similares.
Documentos asociados
Boletín:
26/06/2025
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 9441
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 9441
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento