Subvenciones para proyectos de creación, mejora y ampliación de servicios básicos locales en aldeas modelo y ámbitos territoriales vinculados a los instrumentos de recuperación de la tierra agraria.- Convocatoria 2022.

Código de ayuda:

S04746/22

Norma:

RESOLUCIÓN de 29 de diciembre de 2021. RESOLUCIÓN de 13 de julio de 2022.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 28 de febrero de 2022.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regular el procedimiento de concesión de las ayudas que gestionará la Agencia Gallega de Desarrollo Rural en el marco de la medida 7.4 del PDR de Galicia 2014-2020, para proyectos de creación, mejora y ampliación de servicios básicos locales en aldeas modelo y ámbitos territoriales vinculados a los instrumentos de recuperación de la tierra agraria

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Desarrollo Rural

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Agencia Gallega de Desarrollo Rural (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La dotación máxima para financiar estas ayudas asciende a 1.093.333 €.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de las ayudas gestionadas al amparo de estas bases reguladoras los ayuntamientos de Galicia que cumplan los requisitos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Serán subvencionables las actuaciones destinadas a:

a) Instalación, ampliación o mejora de las redes de alumbrado público.

b) Construcción, mejora, ampliación o rehabilitación de espacios públicos (plazas, paseos, calles, parques públicos, parques infantiles, etc.).

c) Pavimentación de vías públicas municipales.

d) Construcción, mejora, ampliación o rehabilitación de edificios o dependencias municipales destinados a la prestación de servicios básicos y/o dotación de equipamientos de estos edificios o dependencias.

e) Construcción, mejora, ampliación o rehabilitación de instalaciones deportivas de uso público y/o dotación de equipamientos de las referidas instalaciones.

f) Rehabilitación de elementos patrimoniales, tales como fuentes, lavaderos, hórreos, molinos.

g) Implantación y mejora de servicios asistenciales (atención a la infancia, centros de día, residencias para mayores, dependientes o discapacitados, centros formativos y de
inserción/reinserción laboral/social, etc.)

h) Implantación y mejora de servicios culturales (bibliotecas, casas de cultura, de interpretación, museos, etc.).

i) Centros de servicios, así como pequeñas infraestructuras y/o equipamientos a pequeña escala que fomenten la cooperación, servicios e implantación o mejora de las empresas en el medio rural.

j) Creación, mejora y desarrollo de infraestructuras para mejorar las comunicaciones en aquellos entornos en que no sean posibles las comunicaciones de voz en movilidad.

k) Pequeñas infraestructuras de abastecimiento de agua, saneamiento y depuración de aguas residuales y gestión de aguas pluviales.

l) Pequeñas infraestructuras y energías renovables y relacionadas con la eficiencia energética.

m) Digitalización de núcleos rurales.

n) Implantación de e-servicios mediante TIC específicas para la provisión de servicios en el medio rural. Desarrollo de modelos de prestación de servicios por medios electrónicos y haciendo uso de las nuevas tecnologías para conseguir la personalización y proactividad del servicio o la gestión inteligente de redes de distribución.

Requisitos:

Que cuenten en su ámbito territorial con los siguientes instrumentos voluntarios de recuperación y/o movilización de tierras en los siguientes términos:

Que se haya declarado en su territorio una aldea modelo al amparo de la Ley 6/2011, de 13 de octubre, de movilidad de tierras, o bien al amparo de la Ley 11/2021, de 14 de mayo, de recuperación de la tierra agraria de Galicia.

Que se haya iniciado en su territorio el procedimiento de aprobación para el desarrollo de un polígono agroforestal, en los términos previstos en el artículo 83 de este texto legal.

Haber remitido al Consejo de Cuentas de Galicia las cuentas del último ejercicio presupuestario al que legalmente esté obligado, antes del vencimiento del plazo de presentación de la solicitud de ayuda.

Estar al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social y no tener pendiente de pago ninguna otra deuda con la Administración pública de Galicia.

Tener la titularidad o, en su caso, la disponibilidad, durante un período mínimo de cinco años de los bienes sobre los que se va a actuar.

Documentos asociados

Boletín: 25/01/2022
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 16
Documento: Bases, Convocatoria 2022 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 25/01/2022
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 16
Documento: Bases y Convocatoria 2022 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 18/07/2022
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 136
Documento: Modificación Descargar Documento