Subvenciones para proyectos de cooperacion al desarrollo correspondientes al año 2010.

Código de ayuda:

S42655/10

Norma:

Acuerdo de 23 de junio de 2010.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 26/07/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Subvencionar proyectos destinados al fomento de Proyectos de Cooperación al Desarrollo que realicen las Asociaciones, Entidades, Instituciones y Organizaciones No Gubernamentales.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Ayuntamiento de San Fernando de Henares (Comunidad de Madrid)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El Ayuntamiento de San Fernando de Henares destina para el año 2010 un total de 75.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Asociaciones, Entidades, Instituciones y Organizaciones No Gubernamentales.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Se considerarán gastos subvencionables los costes directos e indirectos del proyecto.

a) Costes directos:
1.- Construcción y/o reformas de inmuebles: Se podrán imputar con cargo a esta partida los gastos correspondientes a la mano de obra, dirección de obra, material de construcción, transporte de dicho material, licencias de obras y tasas. Para la inclusión de este tipo de gastos será necesario especificar el régimen de propiedad y la titularidad de la misma, aportándose documentación probatoria suficiente.

2.- Equipos y suministros: Se incluyen en esta partida los gastos por adquisición y/o arrendamiento de maquinaria, herramientas, mobiliario, vehículos, materiales didácticos, equipos informáticos, material sanitario, utillaje e insumos directamente relacionados con el proyecto. Deberá adjuntarse presupuesto o factura proforma de los equipos.

3.- Personal local: Se incluyen los gastos correspondientes a salarios y seguros sociales del personal de la ONGD española o de la contraparte local sometido a la legislación del país donde se desarrolle el proyecto. No se podrán incluir los gastos laborales o de prestación de servicios de las personas que realicen la formulación, seguimiento y evaluación del proyecto ya que éstos se incluyen en el apartado de costes indirectos.

4.- Viajes y estancias: Se incluirán los gastos de desplazamientos derivados de las actividades programadas en el proyecto (por ejemplo dietas para asistir a cursos, desplazamientos de los beneficiarios, viajes del personal local y expatriado, etc.).

5.- Gastos de funcionamiento: Se entenderán como gastos de funcionamiento los vinculados al desarrollo directo del proyecto que no se puedan incluir en otro concepto, así como los gastos bancarios de las transferencias monetarias derivadas del proyecto.

b) Costes indirectos (Máx. 10% del total solicitado):
6.- Gastos administrativos relativos a la formulación del proyecto, diseño, seguimiento y evaluación.

7.- Gastos de difusión y sensibilización del proyecto en el municipio de San Fernando de Henares.

Requisitos:

- Tener entre sus fines expresos, según sus estatutos, la realización de actividades de cooperación al desarrollo entendida ésta como un conjunto de actuaciones de carácter internacional orientadas al intercambio de experiencias y recursos entre países del Norte y del Sur para alcanzar metas comunes basadas en criterios de desarrollo humano, sostenibilidad, solidaridad, equidad, eficacia, interés mutuo y corresponsabilidad.

- Estar constituidas al amparo de lo que dispone el artículo 22 de la Constitución Española y demás disposiciones legales.

- Estar inscritas en el registro de O.N.G.D de la Agencia Española de Cooperación al Desarrollo Internacional (AECID) o en el Registro General de asociaciones del Mº del Interior o en el Registro o en el Registro de Asociaciones de San Fernando de Henares.

- Estar implantada en la Comunidad de Madrid. Tendrán preferencia las entidades registradas en el Registro de Entidades Asociativas del Municipio de San Fernando de Henares.

- No perseguir fines de lucro, ni depender económica o institucionalmente de entidades lucrativas.

- Tener personalidad jurídica y capacidad de obrar.

- Disponer de la estructura necesaria y suficiente para garantizar el cumplimiento de sus objetivos acreditando la capacidad operativa, demostrada mediante la ejecución de al menos 2 proyectos de cooperación internacional al desarrollo, realizados por sí o conjuntamente con otras Organizaciones.

- Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la seguridad social según lo dispuesto en la legislación vigente. No ser deudor con la Hacienda Municipal. (En el caso de ser adjudicatarios se expedirá certificación de oficio).

- No estar incurso en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones

- En el caso de haber percibido subvenciones en los años anteriores a la presente convocatoria, debe de haber justificado las ayudas económicas recibidas. En el caso de no haberse concluido los plazos de ejecución del proyecto deberá aportar un informe detallado del estado de desarrollo del mismo con desglose de gastos y partidas correspondientes.

Documentos asociados

Boletín: 02/07/2010
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 157
Documento: Convocatoria 2010. Descargar Documento
Boletín: 02/07/2010
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 00
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento