Subvenciones para proyectos de ahorro y eficiencia energética en las empresas gallegas, para el año 2023, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional en el marco del programa operativo Feder-Galicia 2021-2027.

Código de ayuda:

S23437/23

Norma:

Resolución de 21 de abril de 2023.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 15 de septiembre de 2023.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Concesión de subvenciones para la realización de proyectos de ahorro y eficiencia energética en las empresas gallegas, que cumplan con los requisitos y condiciones establecidos en el articulado de estas bases reguladoras.

Categorías Subvención

  • Asesorías, Auditorías y Consultorías Externas
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Agencia Instituto Energético de Galicia (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1. La cuantía de la subvención será del 35 % del coste elegible de la actuación. La intensidad de la ayuda se incrementará un 20 % en el caso de ayudas concedidas a pequeñas empresas y un 10 % en el caso de medianas empresas.

2. En el caso de proyectos del sector industrial con una inversión igual o superior a 100.000,00 € y ratios de ahorro iguales o superiores a 0,81 kWh/€ de inversión, la ayuda estará limitada a un máximo del 25 % de la inversión.

3. Se establece una ayuda máxima por expediente de 1.000.000,00 €.

4. La ayuda máxima por entidad beneficiaria en el conjunto de la convocatoria será de 2.000.000,00 €.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

a) Las empresas legalmente constituidas y los empresarios autónomos, que tengan domicilio social o algún centro de trabajo en Galicia.

b) Las empresas de servicios energéticos que gestionen total o parcialmente instalaciones consumidoras de energía y que el objeto de estos contratos de servicios sea la consecución de ahorro económico derivado de un menor consumo de energía.

Los centros de consumo en los que se actúe deben estar situados en Galicia, corresponder a entidades incluidas en el ámbito de actuación de las presentes bases y, en concreto, de las actividades recogidas en el apartado a) de este artículo y amparadas por el Reglamento (UE) 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los proyectos de ahorro y eficiencia energética.

a) Serán elegibles los costes de inversión adicionales necesarios para lograr un nivel más elevado de eficiencia energética.

b) Serán subvencionables aquellos proyectos con ratios de ahorro energético anual iguales o superiores a los indicados para cada línea. (Ver tabla del artículo 6).

Requisitos:

1. Llevar asociado el ahorro energético mínimo requerido para cada proyecto según lo indicado en el artículo 6. Dicho ahorro debe quedar justificado en la memoria técnica y en la ficha de consumos a la que se hace referencia en el artículo 11. No se considerarán válidos para la justificación los resultados de experiencias anteriores a menos que se presente la documentación que acredite tales ahorros.

2. En el caso de mejora de instalaciones de iluminación la instalación resultante debe cumplir los requisitos que sean de aplicación definidos en la norma UNE-EN 12464 (iluminación de los lugares de trabajo) y en la Guía técnica para la evaluación y prevención de riesgos relativos la utilización de lugares de trabajo.

3. Los proyectos que se presenten deberán ser técnica, jurídica, económica y financieramente viables.

4. Para el caso de proyectos que requieran de la realización de obra civil, deberán cumplirse las siguientes condiciones específicas durante la ejecución del proyecto:

Al menos el 70 % (en peso) de los residuos de construcción y demolición no peligrosos (excluyendo el material natural mencionado en la categoría 17 05 04 en el listado europeo de residuos establecida por la Decisión 2000/532/EC) generados en la ejecución del proyecto se preparará para su reutilización, reciclaje o recuperación de otros materiales, incluidas las operaciones de relleno utilizando residuos para sustituir a otros materiales, de acuerdo con la jerarquía de residuos y el Protocolo de gestión de residuos de construcción y demolición de la UE. La verificación de esta condición se realizará aportando los certificados de gestión de residuos de construcción y demolición con destino a reutilización,
reciclaje y recuperación expedidos por los gestores de destino como justificación de la entrega, incluyendo los códigos del Listado europeo de residuos (LER) y el porcentaje de valorización conseguido.

b) No utilización de amianto ni sustancias muy preocupantes identificadas a partir del listado de sustancias sujetas a autorización que figura en el anexo XIV del Reglamento (CE) 1907/2006. La verificación de esta condición se realizará aportando un certificado de la empresa contratista conforme para la ejecución de la obra no se utilizó amianto ni sustancias muy preocupantes identificadas a partir de la lista de sustancias sujetas la autorización figura en el anexo XIV del Reglamento (CE) 1907/2066.

Documentos asociados

Boletín: 05/05/2023
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 86
Documento: Bases y Convocatoria Descargar Documento
Boletín: 05/05/2023
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 86
Documento: Convocatoria 2023 (Extracto) Descargar Documento