Subvenciones para proyectos de Formación Ocupacional con compromiso de contratación.

Código de ayuda:

S10655/04

Norma:

Sesión de 23 de marzo de 2004.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: Sin determinar

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La regulación específica de las subvenciones del IMEFE destinadas a personas físicas, jurídicas y entidades que desarrollen proyectos y programas de formación ocupacional para desempleados/as del término municipal de Madrid con compromiso de contratación laboral, con cargo al presupuesto del Instituto para el ejercicio 2004.

Categorías Subvención

  • Formación

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Ayuntamiento de Madrid (Comunidad de Madrid)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Será del 100% del coste de cada proyecto.

Si la entidad beneficiaria realizara la ejecución de todo o parte del programa formativo en instalaciones ubicadas fuera del término municipal de Madrid, la misma deberá asumir el coste del desplazamiento de los/as alumnos/as hasta dicho emplazamiento.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas, jurídicas y entidades que desarrollen proyectos y programas de formación ocupacional para desempleados/as.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los proyectos y programas formativos en los que participen un mínimo de diez alumnos desempleados/as, con compromiso de contratación laboral.

Los gastos a subvencionar corresponderán a los siguientes conceptos:
— Profesorado.
— Dirección, coordinación y secretaría. Máximo un 20% del coste de cada acción formativa.
— Material didáctico y fungible.
— Amortización/alquiler de aulas.
— Amortización/alquiler de equipos.
— Seguro de alumnos.
— Otros costes relacionados con el curso y de difícil justificación.
Se considerarán como tales aquellos gastos afectos a las acciones formativas no contemplados anteriormente siempre que estén directamente relacionados con las mismas.

Requisitos:

1. Desarrollar su actividad laboral en el municipio de Madrid.
2. Las entidades solicitantes deberán contar con medios materiales y personales necesarios para ejecutar los programas formativos cuya subvención solicita, siendo posible la subcontratación previa autorización expresa del IMEFE.
3. Es incompatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera
Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.

Documentos asociados

Boletín: 15/04/2004
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 5595
Documento: Convocatoria Descargar Documento