Subvenciones para promover la primera experiencia profesional de las personas jóvenes menoresde 30 años mediante contratos formativos. Convocatoria 2025.

Código de ayuda:

S13464/25

Norma:

ORDEN de 5 de mayo de 2025.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 30 de septiembre de 2025.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Esta convocatoria tiene por objeto fijar las bases reguladoras y proceder a la convocatoria, para el año 2025, de subvenciones para la contratación por cuenta ajena que realicen las empresas y personas empleadoras para facilitar a jóvenes menores de 30 años en situación de desempleo una primera experiencia profesional mediante contratos formativos.

Categorías Subvención

  • Empleo
  • Juventud
  • Recursos Humanos

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Empleo, Comercio y Emigración (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Las cuantías máximas del incentivo a la contratación por doce (12) meses a jornada completa que se concederá con carácter general serán las siguientes:

a) Incentivo a la contratación para las personas jóvenes contratadas en los grupos de cotización 1 y 2: 16.625 €.

b) Incentivo a la contratación para las personas jóvenes contratadas en los grupos de cotización 3 a 7: 13.300 €.

c) Incentivo a la contratación para las personas jóvenes contratadas en los grupos de cotización 8 a 11: 9.975 €.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Comunidades de bienes / propietarios
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán ser personas y empresas beneficiarias de los incentivos previstos en esta orden las personas empleadoras y las empresas, cualquiera que sea la forma jurídica que adopten, incluidas las personas autónomas, las comunidades de bienes y sociedades civiles que contraten a personas jóvenes trabajadoras por cuenta ajena para prestar servicios en centros de trabajo radicados en la Comunidad Autónoma de Galicia, de acuerdo con los requisitos y condiciones que se establecen en esta orden.

También pueden ser beneficiarios los centros especiales de empleo y las empresas de inserción laboral que contraten a personas jóvenes trabajadoras por cuenta ajena para prestar servicios en centros de trabajo radicados en la Comunidad Autónoma de Galicia, excepto para celebrar contratos con personas con discapacidad y contratos con personas en situación o riesgo de exclusión social, respectivamente.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Serán subvencionables al amparo de este programa:

– Las contrataciones por cuenta ajena de personas jóvenes mediante la suscripción de contratos para la obtención de la práctica profesional.
– Las contrataciones por cuenta ajena de personas jóvenes mediante la suscripción de contratos de formación en alternancia.

Requisitos:

Los contratos tendrán una duración mínima de doce (12) meses y deberán ser a jornada completa.

Documentos asociados

Boletín: 20/05/2025
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 95
Documento: Convocatoria 2025 (Completa) Descargar Documento
Boletín: 20/05/2025
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 95
Documento: Convocatoria 2025 (Completa) Descargar Documento