Subvenciones para promover la primera experiencia profesional de las personas jóvenes menoresde 30 años mediante contratos formativos. Convocatoria 2025.
Código de ayuda:
S13464/25Norma:
ORDEN de 5 de mayo de 2025.Plazo de Solicitud:
Hasta el 30 de septiembre de 2025.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Esta convocatoria tiene por objeto fijar las bases reguladoras y proceder a la convocatoria, para el año 2025, de subvenciones para la contratación por cuenta ajena que realicen las empresas y personas empleadoras para facilitar a jóvenes menores de 30 años en situación de desempleo una primera experiencia profesional mediante contratos formativos.Categorías Subvención
Empleo
Juventud
Recursos Humanos
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consellería de Empleo, Comercio y Emigración (Galicia)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Las cuantías máximas del incentivo a la contratación por doce (12) meses a jornada completa que se concederá con carácter general serán las siguientes:a) Incentivo a la contratación para las personas jóvenes contratadas en los grupos de cotización 1 y 2: 16.625 €.
b) Incentivo a la contratación para las personas jóvenes contratadas en los grupos de cotización 3 a 7: 13.300 €.
c) Incentivo a la contratación para las personas jóvenes contratadas en los grupos de cotización 8 a 11: 9.975 €.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Comunidades de bienes / propietarios
- Empresas (más de 250 empleados)
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Podrán ser personas y empresas beneficiarias de los incentivos previstos en esta orden las personas empleadoras y las empresas, cualquiera que sea la forma jurídica que adopten, incluidas las personas autónomas, las comunidades de bienes y sociedades civiles que contraten a personas jóvenes trabajadoras por cuenta ajena para prestar servicios en centros de trabajo radicados en la Comunidad Autónoma de Galicia, de acuerdo con los requisitos y condiciones que se establecen en esta orden.También pueden ser beneficiarios los centros especiales de empleo y las empresas de inserción laboral que contraten a personas jóvenes trabajadoras por cuenta ajena para prestar servicios en centros de trabajo radicados en la Comunidad Autónoma de Galicia, excepto para celebrar contratos con personas con discapacidad y contratos con personas en situación o riesgo de exclusión social, respectivamente.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Serán subvencionables al amparo de este programa:– Las contrataciones por cuenta ajena de personas jóvenes mediante la suscripción de contratos para la obtención de la práctica profesional.
– Las contrataciones por cuenta ajena de personas jóvenes mediante la suscripción de contratos de formación en alternancia.
Requisitos:
Los contratos tendrán una duración mínima de doce (12) meses y deberán ser a jornada completa.Documentos asociados
Boletín:
20/05/2025
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 95
Documento: Convocatoria 2025 (Completa) Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 95
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Boletín:
20/05/2025
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 95
Documento: Convocatoria 2025 (Completa) Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 95
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