Subvenciones para programas, proyectos y actividades en materia de juventud.- Convocatoria 2013.

Código de ayuda:

S12355/13

Norma:

Palma, 22 de abril de 2013.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 24/05/2013

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regular las subvenciones para apoyar a los programas, a los proyectos y a las actividades que presenten entidades y asociaciones juveniles legalmente constituidas o agrupaciones de personas, que se destinen a la juventud, que se consideren de utilidad pública o social y de interés general y que sean beneficiosas para los ciudadanos de Palma, dentro del ámbito de las competencias del Área delegada de Comercio, Trabajo y Juventud.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Juventud

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Ayuntamiento de Palma de Mallorca (Islas Baleares)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cantidad máxima destinada a esta convocatoria es de 39.000 € (treinta nueve mil euros).

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales

Detalle beneficiarios:

Las personas jurídicas de derecho privado o público con personalidad jurídica sin ánimo de lucro, que cumplan los requisitos y las obligaciones previstas a la Ley 38/2003 y los arts. 4 y siguientes de la Ordenanza general municipal, que realizen o promuevan actuaciones o actividades en beneficio de la juventud de la ciudad, y que fundamenten el otorgamiento de la subvención de acuerdo con el que prevé esta convocatoria.

También pueden acceder a la condición de beneficiario las agrupaciones de personas físicas privadas, las personas físicas privadas o cualquier otro tipo de unidad económica o de patrimonio separado que, a pesar de no tener personalidad jurídica, pueda llevar a cabo los
proyectos, las actividades o esté en la situación que motiva la concesión de la subvención.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Línea 1.

Los programas de actividades habituales y las actividades puntuales dentro del ámbito de las iniciativas educativas y de dinamización del ocio que lleven a cabo las asociaciones y las entidades y que vayan dirigidas al colectivo de jóvenes de Palma.

Las actividades que representen programas de formación de formadores y/o los proyectos en que la entidad o la asociación asuma el coste de la formación, el reciclaje y el perfeccionamiento de monitores o educadores de tiempo libre, en las titulaciones de monitor o director de tiempo libre.

Los proyectos y/o las actividades puntuales (menos de 3 días de duración) a desarrollar dentro del ámbito del ocio y dirigidos a jóvenes, que tengan como objeto principal los siguientes temas: prevención del riesgo social preservación y mejora del medio ambiente promoción y educación para la salud promoción y educación de la participación social (asociacionismo, voluntariado, ...) promoción de la cultura de nuestra comunidad (lengua, patrimonio histórico-artístico, fiestas populares, música, etc. ) promoción de la igualdad entre hombres y mujeres
Línea 2.

Las actividades de vacaciones que se lleven a cabo desde las entidades y asociaciones durante los periodos de vacaciones de los jóvenes, en sus diferentes variantes (colonias, campamentos, actividades de aventura, campos de trabajo, colonias urbanas, etc.). Se podrán recoger en este programa las actividades de vacaciones organizadas por las mismas entidades y asociaciones, dirigidas a sus miembros o usuarios, y/o a todos los niños y jóvenes de Palma.

Línea 3. Las iniciativas y las propuestas de los grupos musicales juveniles y/o solistas que tengan como contenido principal los siguientes aspectos: conciertos fuera de Mallorca (billetes, alojamiento, desplazamientos, etc.)conciertos en Mallorca (alquiler de salas, alquiler de equipos de sonido, iluminación, transporte, seguros…) grabación de temas (alquiler de estudios, grabación, masterización, mezclas…) autoedición de CD (copias, celofán, galleta, libretos, SGAE ...). publicidad del grupo (carteles, anuncios en prensa especializada, mantenimiento pagines web, merchandising...).

* Los grupos musicales tendrán que acreditar que, como mínimo, el 50% de sus componentes tienen que ser residentes en Palma y el 75% tienen que ser menores de 35 años y los solistas tendrán que ser jóvenes de menos de 35 años y residentes en Palma, también tendrán que acreditar que en el momento de la solicitud no tienen ningún contrato con una discográfica).

Los proyectos, las actividades y las iniciativas promovidas por jóvenes creadores o dirigidas a su capacitación, su formación y la difusión de su obra, dentro del ámbito artístico y/o de la expresión cultural. Se pueden solicitar ayudas para: traslado y transporte de la obra o materiales para participar a certámenes, exposiciones o concursos. montaje de exposiciones.
realización de book. matrícula de cursos de formación especializada complementaria a la formación oficial. materiales, vestuario y transporte relacionados con la realización de actuaciones o funciones.

* Los jóvenes creadores tendrán que ser jóvenes de menos de 35 años y residentes en Palma.

4. Actividades, programas, proyectos, y gastos no subvencionables.

4.1. A nivel general:

Quedan excluidos de estas subvenciones los programas, los proyectos y las actividades que no vayan dirigidos específicamente y de forma explícita a jóvenes de Palma, o bien aquellos en los que no participen en la planificación, organización y ejecución.

No se consideran subvencionables los programas, los proyectos y/o las actividades que tengan finalidad lucrativa, comercial, mercantil o similares.

Quedan excluidas de estas subvenciones las actividades de tipo religioso (celebraciones, etc.)

Quedan excluidas de estas subvenciones las actividades vinculadas a cualquier partido político u organización sindical.

Quedan excluidas de estas subvenciones las actividades extraescolares.

No es objeto de esta convocatoria otorgar subvenciones para adquirir bienes inmuebles o para obras de acondicionamiento o mejora, u obra nueva del local de la entidad. Tampoco cualquier otro tipo de bienes y/o equipamientos que se puedan inventariar (ordenadores, vídeos o cañones de video reproductores, TV o pantallas, equipos o instrumentos musicales, etc.)

En el presupuesto de gastos no se pueden incluir (y en todo caso no se tendrán en cuenta) los de personal de la entidad que cubra las funciones de gestión o administrativas (gerentes, directores o personal administrativo...)

Quedan excluidos de estas subvenciones los programas, proyectos y actividades dirigidos sólo a jóvenes con necesidades especiales o inadaptación social.

Requisitos:

No pueden ser beneficiarios de subvenciones las personas, las entidades o las agrupaciones afectados por alguna de las prohibiciones establecidas en la Ley 38/2003 y por el artículo 6 de la Ordenanza general municipal.

Documentos asociados

Boletín: 25/04/2013
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 55
Documento: Bases y Convocatoria 2013. Descargar Documento