Subvenciones para programas de mantenimiento de servicios y establecimientos de servicios sociales definidos en la actual Cartera de servicios sociales relativos a servicios especializados de atención a las personas mayores con dependencia o riesgo social, a personas con discapacidad, problemática social derivada de trastorno mental, drogodependencias u otras adicciones, afectadas por el virus VIH/sida o con problemática social y riesgo de exclusión social.

Código de ayuda:

S13955/23

Norma:

RESOLUCIÓN DSO/750/2023, de 6 de marzo. ORDEN DSO/39/2023, de 28 de febrero.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 22 de marzo de 2023.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Abrir la convocatoria para la concesión de subvenciones para programas de mantenimiento de servicios y
establecimientos de servicios sociales definidos en la actual Cartera de servicios sociales relativos a servicios especializados de atención a las personas mayores con dependencia o riesgo social, a personas con
discapacidad, problemática social derivada de trastorno mental, drogodependencias u otras adicciones,
afectadas por el virus VIH/sida o con problemática social y riesgo de exclusión social del ámbito de las políticas sociales del Departamento de Derechos Sociales para el primer semestre del ejercicio 2023.

Categorías Subvención

  • Discapacidad / Personas con discapacidad
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Derechos Sociales (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe máximo que se destina a los programas subvencionables que prevé la Orden DSO/39/2023, de
28 de febrero, es de 55.011.666,09 euros y va a cargo de las partidas presupuestarias BE13 D/481000100 y
D/482000100 de los programas presupuestarios 315 y 317 del presupuesto de la Generalitat de Catalunya del
ejercicio 2022 prorrogado para el 2023.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Se pueden acoger a las subvenciones que prevé esta Orden las entidades constituidas legalmente que no
tengan ánimo de lucro con establecimiento operativo en Cataluña.

Documentos asociados

Boletín: 01/03/2023
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 8865
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 08/03/2023
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 8870
Documento: Convocatoria 2023 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 08/03/2023
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 8870
Documento: Convocatoria 2023 Descargar Documento