Subvenciones para programas de ahorro energético y uso de energías renovables.

Código de ayuda:

S11519/05

Norma:

Resolución de 25 de febrero de 2005.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 22/04/2005

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Los programas de ahorro energético en proyectos de utilización y sustitución racional de fuentes de energía en la industria, el transporte, los servicios y edificios, como para proyectos que supongan el uso de fuentes de energía renovables.

Categorías Subvención

  • Inversiones Materiales y Equipos
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Consejería de Industria, Empleo y Promoción Económica (Principado de Asturias)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las empresas privadas, las comunidades de propietarios de viviendas en régimen de propiedad horizontal, las personas físicas y las instituciones sin ánimo de lucro.

En el caso de empresas privadas se atenderán preferentemente las solicitudes de las pequeñas y medianas empresas entendiendo por éstas las que presenten las siguientes condiciones:
Ocupar a menos de 250 trabajadores y cuyo volumen de negocio anual no exceda de 50 millones de euros, o su balance general anual no exceda de 43 millones de euros.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

— Uso racional de la energía y sustitución de fuentes energéticas.
— Uso de fuentes de energías renovables.

No se considerarán subvencionables los conceptos siguientes:
a) Los correspondientes a facturas emitidas fuera del período subvencionable.
b) El I.V.A. satisfecho por la adquisición de bienes o servicios facturados y en general cualquier clase de impuestos.
c) Los gastos financieros como consecuencia de la inversión.
d) Las inversiones en equipos usados.
e) Los gastos de adquisición de terrenos.
f) Los gastos originados por la confección del proyecto o estudio técnico de la instalación que se vaya a ejecutar.
g) Los que tengan la consideración de gastos generales o corrientes del titular.

Documentos asociados

Boletín: 21/03/2005
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 66
Documento: Bases, Convocatoria 2005 y Anexos Descargar Documento