Subvenciones para programas de Intervencion Temprana a menores, con trastomos en el desarrollo o con riesgo de padecerlos, se convocan las correspondientes para el año 2009 - Convocatoria 2010.

Código de ayuda:

S29791/08

Norma:

ORDEN de 7 de abril de 2008. Resolucion de 16 de enero de 2009. Resolucion de 15 de enero de 2010.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 01/03/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente Orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras para la concesión de subvenciones
para programas de Intervención Temprana a menores con trastornos en el desarrollo o con riesgo de padecerlos y efectuar su convocatoria para el ejercicio 2009.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Juventud
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Andalucía

Convoca:

Consejería de Salud y Familias (Andalucía)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía máxima de las subvenciones reguladas en la presente Orden será de 109 euros por persona beneficiaria y mes.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Tendrán la consideración de entidades beneficiarias a los efectos de la presente Orden las entidades privadas sin ánimo de lucro que lleven a cabo programas de intervención temprana y que reúnan los siguientes requisitos:

a) Estar legalmente constituidas y carecer de fines de lucro.
b) Tener su ámbito de actuación en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
c) Acreditar que el centro en el que se ejecuta el programa cumple las obligaciones sobre autorización y
registro de centros y establecimientos sanitarios, de conformidad con lo que se establece en el Decreto 69/2008, de 26 de febrero, por el que se establecen los procedimientos de las autorizaciones sanitarias y se crea el registro andaluz de centros, servicios y establecimientos sanitarios, y/o el Decreto 87/1996, de 20 de febrero, por el que se regula la autorización, registro, acreditación e inspección de las entidades, servicios y centros de servicios sociales en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Podrán recibir subvenciones los programas de estimulación precoz, rehabilitación y logopedia destinados
a la atención directa a menores con trastornos en su desarrollo o con riesgo de padecerlos, ya sean transitorios o permanentes, con edades comprendidas entre 0 y 4 años, para potenciar su capacidad de desarrollo y su autonomía personal, y para proporcionar información, orientación y apoyo a sus madres y padres y personas cuidadoras.

Serán subvencionbles, los gastos de personal y los de asistencia técnica.

Quedan excluidos del ámbito de aplicación de la presente Orden los programas destinados a menores
que sean atendidos en centros públicos o privados, concertados o subvencionados por las Administraciones Públicas.

Documentos asociados

Boletín: 24/04/2008
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 82
Documento: Bases, Convocatoria 2008 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 28/01/2009
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 19
Documento: Convocatoria 2009 Descargar Documento
Boletín: 29/01/2010
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 19
Documento: Convocatoria 2010 Descargar Documento