Subvenciones para potenciar el conocimiento del trabajo autónomo, fomentando el asociacionismo.

Código de ayuda:

S10664/25

Norma:

Resolución de 16 de abril de 2025. Resolución de 24 de julio de 2013.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 20 de mayo de 2025.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Subvenciones destinadas a sufragar los costes de las actividades de fomento y promoción del trabajo autónomo y de funcionamiento de las asociaciones de trabajadores autónomos.

Serán subvencionables los gastos necesarios para la realización de las distintas actividades objeto de subvención que, de manera indubitada, respondan a la naturaleza de la misma y que se efectúen en el período comprendido entre el 1 de noviembre de 2024 y el 31 de octubre de 2025 y que se hayan efectivamente pagado con anterioridad al 14 de noviembre de 2025.

Categorías Subvención

  • Empleo
  • Recursos Humanos

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Consejería de Ciencia, Empresas, Formación y Empleo (Principado de Asturias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe máximo de la subvención consistirá:

1. Medidas de apoyo a las organizaciones que representen a los trabajadores y trabajadoras autónomos.
— Hasta un 75% de los gastos directos o de personal y hasta un 25% de los gastos indirectos. El límite máximo de esta ayuda será de 30.000 €.

2. Medida de apoyo para el análisis, conocimiento y difusión del autoempleo.
— Hasta el 75% del coste de los proyectos, con un límite máximo de 15.000 €.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Autónomos

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las asociaciones de trabajadoras y trabajadores autónomos que tengan personalidad jurídica, estén legalmente constituidas e inscritas o que hayan iniciado los trámites de inscripción en el Registro de Asociaciones Profesionales de Trabajadores Autónomos del Principado de Asturias; que tengan carácter intersectorial, ámbito autonómico e implantación en el territorio del Principado de Asturias y que reúnan las demás condiciones establecidas en las bases reguladoras de esta convocatoria.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Medida de apoyo a las organizaciones que representen a los trabajadores y trabajadoras autónomos.
Para el apoyo a las entidades asociativas, podrán concederse subvenciones públicas para los siguientes gastos generales que haya realizado la organización tendente a la consecución de los fines que les son propios:
A) Gastos de personal, excepto las indemnizaciones por despido y jubilaciones anticipadas.
B) Arrendamientos y cánones.
C) Reparaciones y conservación.
D) Servicios profesionales independientes.
E) Primas de seguros.
F) Material de oficina, fotocopias e imprenta.
G) Comunicaciones.
H) Suministros.
I) Cuotas, tanto las de suscripción a publicaciones e inscripción en actividades como las abonadas por pertenencia a otras asociaciones nacionales o internacionales, hasta un máximo del 75% de las distintas cuotas abonadas
Estos gastos deberán estar relacionados con los fines propios de la entidad y tendrán las siguientes excepciones y limitaciones: No serán subvencionables ni los gastos de personal ni los gastos por servicios profesionales que pudieran derivarse de la contratación de algún miembro de los órganos de gobierno de la entidad solicitante.

2. Medida de apoyo para el análisis, conocimiento y difusión del autoempleo.
Para dar a conocer a la sociedad en general, y a los sectores económicos en particular, el valor añadido que el trabajo autónomo supone para el tejido social, la actividad económica y en la generación de empleo en el Principado de Asturias, podrán concederse subvenciones públicas para las siguientes acciones:
A) Estudiar y difundir el autoempleo, a través de acciones que promuevan el análisis y conocimiento del mismo.
Los estudios e investigaciones se centrarán, entre otros:
a) En el análisis que permita profundizar y conocer periódicamente la evolución y cambios del colectivo, teniendo en cuenta el perfil de las autónomas y autónomos, los sectores de actividad, nuevos yacimientos de empleo y otros sectores emergentes, la distribución territorial, los nuevos colectivos que se integran, así como cualquier
otro elemento que intervenga en la evolución y cambios del trabajo autónomo.
b) En el análisis, que desde una perspectiva cualitativa y cuantitativa, aproxime a un mayor y mejor conocimiento
de las necesidades y demandas desde una perspectiva global o específica.
c) Asimismo, en este proyecto se podrán elaborar instrumentos o metodologías de investigación innovadoras que faciliten el conocimiento y análisis del trabajo autónomo.

Documentos asociados

Boletín: 24/07/2013
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 181
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 28/04/2025
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 80
Documento: Convocatoria 2025 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 28/04/2025
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 80
Documento: Convocatoria 2025 (Completa) Descargar Documento