Subvenciones para potenciar el asociacionismo entre las cooperativas y sociedades laborales, fomentando el conocimiento del autoempleo colectivo.

Código de ayuda:

S10655/25

Norma:

Extracto de la Resolución de 16 de abril de 2025. Resolución de 24 de julio de 2013.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 20 de mayo de 2025.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Subvenciones destinadas a sufragar los costes de funcionamiento de las asociaciones de cooperativas y sociedades laborales, y las actividades de fomento y difusión de la economía social. Serán subvencionables los gastos necesarios para la realización de las distintas actividades objeto de subvención, que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la misma y que se efectúen en el período comprendido entre el 1 de noviembre de 2024 y el 31 de octubre de 2025 y que se hayan efectivamente pagado con anterioridad al 14 de noviembre de 2025.

Categorías Subvención

  • Recursos Humanos

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Consejería de Ciencia, Empresas, Formación y Empleo (Principado de Asturias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe máximo de la subvención consistirá:

1. En las actividades de fomento y difusión de la economía social:
— Hasta un 75% de los gastos del coste de los proyectos con un límite máximo de 20.000 € por entidad.

2. Para el funcionamiento de las entidades asociativas:
— Hasta el 75% de los gastos directos o de personal y hasta un 25% de los gastos indirectos. El límite máximo será de 25.000 €.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Asociaciones de cooperativas y sociedades laborales con ámbito territorial en el Principado de Asturias que tengan personalidad jurídica, estén legalmente constituidas al menos tres años antes de la solicitud, e inscritas en el registro público correspondiente, con estructura y capacidad para realizar la actividad que constituye el objeto de la subvención y que reúnan las demás condiciones establecidas en las bases reguladoras de la convocatoria.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Serán subvencionables los gastos necesarios para la realización de las distintas actividades objeto de subvención, que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la misma y que se efectúen en el período comprendido entre el 1 de noviembre de 2024 y el 31 de octubre de 2025 y que se hayan efectivamente pagado con anterioridad al 14 de noviembre de 2025.

Documentos asociados

Boletín: 24/07/2013
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 181
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 28/04/2025
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 80
Documento: Convocatoria 2025 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 28/04/2025
- Nº 80
Documento: Convocatoria 2025 (Completa) Descargar Documento