Subvenciones para potenciar el asociacionismo entre las cooperativas y sociedades laborales, fomentando el conocimiento del autoempleo colectivo.
Código de ayuda:
S10655/25Norma:
Extracto de la Resolución de 16 de abril de 2025. Resolución de 24 de julio de 2013.Plazo de Solicitud:
Hasta el 20 de mayo de 2025.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Subvenciones destinadas a sufragar los costes de funcionamiento de las asociaciones de cooperativas y sociedades laborales, y las actividades de fomento y difusión de la economía social. Serán subvencionables los gastos necesarios para la realización de las distintas actividades objeto de subvención, que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la misma y que se efectúen en el período comprendido entre el 1 de noviembre de 2024 y el 31 de octubre de 2025 y que se hayan efectivamente pagado con anterioridad al 14 de noviembre de 2025.Categorías Subvención
Recursos Humanos
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Ciencia, Empresas, Formación y Empleo (Principado de Asturias)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
El importe máximo de la subvención consistirá:1. En las actividades de fomento y difusión de la economía social:
— Hasta un 75% de los gastos del coste de los proyectos con un límite máximo de 20.000 € por entidad.
2. Para el funcionamiento de las entidades asociativas:
— Hasta el 75% de los gastos directos o de personal y hasta un 25% de los gastos indirectos. El límite máximo será de 25.000 €.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Asociaciones de cooperativas y sociedades laborales con ámbito territorial en el Principado de Asturias que tengan personalidad jurídica, estén legalmente constituidas al menos tres años antes de la solicitud, e inscritas en el registro público correspondiente, con estructura y capacidad para realizar la actividad que constituye el objeto de la subvención y que reúnan las demás condiciones establecidas en las bases reguladoras de la convocatoria.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Serán subvencionables los gastos necesarios para la realización de las distintas actividades objeto de subvención, que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la misma y que se efectúen en el período comprendido entre el 1 de noviembre de 2024 y el 31 de octubre de 2025 y que se hayan efectivamente pagado con anterioridad al 14 de noviembre de 2025.Documentos asociados
Boletín:
24/07/2013
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 181
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 181
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín:
28/04/2025
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 80
Documento: Convocatoria 2025 (Extracto) Descargar Documento
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 80
Documento: Convocatoria 2025 (Extracto) Descargar Documento