Subvenciones para personas desempleadas pertenecientes a colectivos con especiales dificultades de inserción en el mercado de trabajo y para personas desempleadas con discapacidad.

Código de ayuda:

S57500/20

Norma:

Orden EIE/1149/2016, de 8 de septiembre. ORDEN EPE/1063/2020, de 30 de octubre.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 23 de noviembre de 2020.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La finalidad de estas subvenciones es desarrollar actuaciones, en función de las necesidades y características de cada participante en el Programa, que mejoren sus condiciones de empleabilidad y/o su cualificación profesional, para facilitar y conseguir un resultado cuantificado de inserción laboral, de al menos, el 25% de los participantes pertenecientes a colectivos con especiales dificultades de inserción en el mercado de trabajo, y de al menos el 10% de participantes que sean personas con discapacidad.

Categorías Subvención

  • Discapacidad / Personas con discapacidad
  • Empleo
  • Formación

Localización del organismo gestor

Aragón

Convoca:

Departamento de Economía, Planificación y Empleo (Aragón)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1. Para el supuesto de participantes en el programa pertenecientes a los colectivos con especiales difcultades de inserción en el mercado de trabajo señalados en el apartado sexto.1

a) de la presente convocatoria:

- 897 euros por demandante atendido/a, en los términos establecidos en el apartado octavo.1 de la presente convocatoria.

- 2.234 euros por demandante insertado/a, en los términos previstos en el apartado noveno.1 de la presente convocatoria.

2. Para el supuesto de participantes en el programa pertenecientes a personas con discapacidad señaladas en el apartado sexto.1 b) de la presente convocatoria:

- 1.250 euros por demandante atendido/a, en los términos establecidos en el apartado octavo.1 de la presente convocatoria.

- 3.115 euros por demandante insertado/a en los términos previstos en el apartado noveno.1 de la presente convocatoria.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de las subvenciones previstas en esta Orden las entidades privadas sin ánimo de lucro con personalidad jurídica propia.

Documentos asociados

Boletín: 21/09/2016
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 183
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 09/11/2020
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 222
Documento: Convocatoria 2020 Descargar Documento
Boletín: 09/11/2020
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 222
Documento: Convocatoria 2020 (Extracto) Descargar Documento