Subvenciones para organizaciones no gubernamentales en materia de acción humanitaria y de publicación de las bases reguladoras.

Código de ayuda:

S26173/06

Norma:

Resolucion PRE/2556/2006, de 20 de julio.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 22/09/2006

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La financiación de los proyectos derivados de los planes estratégicos o de trabajo de las organizaciones no gubernamentales que actúen en el ámbito de la acción humanitaria.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Presidencia (Cataluña)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las organizaciones no gubernamentales.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Prioridades sectoriales. Pueden ser uno o varios de los ámbitos siguientes:

a) Salud: Aquellas intervenciones que tengan como objeto la asistencia sanitaria de la población a través de estructuras de salud presentes en la zona o de estructuras de nueva creación en contextos diversos como desastres naturales, conflictos armados con efectos a la salud de las poblaciones, agudización de endemias, pandemias como el VIH/SIDA, riesgo de epidemias y situaciones de riesgo de salud para las
poblaciones más vulnerables, que deriven en un empeoramiento de los indicadores de salud y específicamente de las tasas de mortalidad. Se incluyen intervenciones de atención psicosocial destinadas a paliar y transformar el impacto negativo que un conflicto armado o desastre natural hayan provocado a la población, con un énfasis especial en los colectivos especialmente vulnerables.

b) Distribución alimenticia y nutrición: Acciones centradas en garantizar la mejora de la seguridad alimentaria con el objeto de mejorar la situación de la población en estado de malnutrición aguda, mediante la distribución de alimentos y otras actividades en el ámbito de la nutrición que pretendan recuperar a la población mal nutrida.

c) Agua y saneamiento: Intervenciones destinadas a garantizar el acceso al agua potable de la población en cantidad y calidad suficiente, y unas estructuras de higiene y saneamiento básicas que minimicen el riesgo de transmisión de enfermedades y garanticen la dignidad humana.

d) Distribución de productos no alimenticios y estructuras de cobijo: Distribuciones de elementos no alimenticios (mantas, jabón, cazuelas...) y estructuras de abrigo básicas para la supervivencia de la población, en particular de población desplazada o refugiada.

e) Prevención de desastres: Actuaciones encaminadas a disminuir los efectos negativos de los desastres naturales en zonas de riesgo y asegurar una respuesta efectiva de los mismos, considerando y fortaleciendo las capacidades locales existentes a partir de un buen análisis de riesgos y la eficiencia de las posibles intervenciones.

Requisitos:

a) Estar legalmente constituidas e inscritas en el registro oficial correspondiente y que durante el año natural en curso cumpla un mínimo de trea años de antigüedad de constitución legal.

b) Disponer de sede social o delegación con establecimiento permanente en Cataluña, así como tener una presencia activa, capacidad de movilización y base social amplia en el territorio catalán. La entidad debe tener un equipo de gestión o un órgano de trabajo con capacidad de decisión en Cataluña que pueda asumir la responsabilidad directa de los proyectos o actuaciones para los que se solicite subvención y estar en condiciones de dar en todo momento a la Generalitat de Cataluña cualquier aclaración, información y documentación relativa a la contabilidad y gestión del proyecto durante la fase de seguimiento y ejecución.

c) Disponer de capacidad logística, recursos humanos, materiales y experiencia para garantizar la calidad y el cumplimiento de los objetivos de las intervenciones que se deriven del convenio que se subvenciona.

d) No tener ánimo de lucro.

e) Estar al corriente de las obligaciones derivadas de subvenciones percibidas de la Generalitat en ejercicios anteriores.

f) Tener como finalidad institucional expresamente recogida en sus estatutos el trabajo en ayuda humanitaria y/o que por la trayectoria histórica de la entidad se pueda constatar objetivamente que uno de sus ámbitos de trabajo es la acción humanitaria.

g) Acreditar una experiencia de, como mínimo, tres años a cumplir durante el año natural en curso en la realización de actividades de acción humanitaria.

Documentos asociados

Boletín: 01/08/2006
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 4688
Documento: Bases y Convocatoria Descargar Documento