Subvenciones para organizacion de jornadas tecnicas para el año 2011 directamente relacionadas con las competencias de las Direcciones Generales de Industria y de la de Mineria y Energia.

Código de ayuda:

S20782/11

Norma:

Resolución de 23 de marzo de 2011. Resolución de 17 de febrero de 2010.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 11/05/2011

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La concesión de subvenciones destinadas a financiar la celebración de congresos, seminarios, jornadas técnicas, cursos y actos de carácter similar, así como actividades de promoción, en materias objeto de la directa competencia de la Consejería de Industria y Empleo.

Categorías Subvención

  • Arqueología y Minería
  • Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Consejería de Industria, Empleo y Promoción Económica (Principado de Asturias)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las entidades de derecho público o privado que estén legalmente constituidas que cumplan los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La organización o celebración de congresos, seminarios, jornadas técnicas, cursos y actos de carácter similar, así como actividades de promoción en el ámbito de competencias de sendas Direcciones Generales.

Requisitos:

- Que carezca de fines de lucro; a tales efectos se entenderá que cumplen el requisito aquellas entidades que, aun careciendo de fines de lucro, desarrollan actividades de carácter comercial, siempre que los beneficios resultantes de las actividades subvencionadas se destinen al cumplimiento de sus fines.

- Que acredite ante el órgano concedente que reúne condiciones de solvencia técnica, eficacia y experiencia para realizar la actividad de que se trate en los términos que determine, en su caso, cada convocatoria.

Para obtener la condición de beneficiarios deberán cumplir los requisitos establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y deberán cumplir las obligaciones del artículo 14 de la cita da Ley.

Documentos asociados

Boletín: 24/02/2010
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 45
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 11/04/2011
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 84
Documento: Convocatoria 2011. Descargar Documento