Subvenciones para obras de mejora o adquisición de equipamiento de empresas de artes escénicas y salas privadas de teatro de Cataluña, excepto de la ciudad de Barcelona.

Código de ayuda:

S04728/21

Norma:

RESOLUCIÓN CLT/588/2021, de 2 de marzo. RESOLUCIÓN CLT/722/2021, de 10 de marzo.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 8 de abril de 2021.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 10.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Abrir convocatoria para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para obras
de mejora o para la adquisición de equipamiento de empresas de artes escénicas y salas privadas de teatro de Cataluña, excepto de la ciudad de Barcelona.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Cultura (Cataluña)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

1. Podrán optar a estas ayudas las empresas, ya sean personas físicas o jurídicas, que realicen la totalidad o parte de su actividad en el ámbito de las artes escénicas.

2. Asimismo, podrán optar a las ayudas las agrupaciones de empresas que se constituyan en uniones temporales de empresas (UTE), de acuerdo con la Ley 18/1982, de 26 de mayo, sobre régimen fiscal de agrupaciones y uniones temporales de empresas y de las sociedades de desarrollo regional.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Empresas de artes escénicas. Se establecen dos submodalidades en función de la inversión:

a.1) Obras de mejora.

a.2) Adquisición de equipamiento.

b) Salas privadas de teatro de Cataluña, excepto de la ciudad de Barcelona. Se establecen dos submodalidades en función de la inversión:

b.1) Obras de mejora.

b.2) Adquisición de equipamiento.

Requisitos:

a) Los solicitantes deberán presentar una única solicitud por modalidad y submodalidad.

b) Las inversiones deberán llevarse a cabo durante la temporada del año de concesión de la subvención,
entendiendo por temporada el periodo comprendido entre el 1 de septiembre del año anterior al de concesión de la subvención y el 31 de agosto del año de concesión de la subvención.

c) Requisitos específicos de la modalidad a) de la base 1.1 (empresas de artes escénicas):

c.1) Para las obras de mejora [submodalidad a.1) de la base 1.1] de locales de ensayo, estos deberán estar ubicados en Cataluña; si se trata de locales de alquiler, el contrato deberá tener una vigencia de, como mínimo, cinco años, que se contarán desde el año de concesión de la subvención.

c.2) Haber obtenido un permiso de la propiedad que autorice las obras de mejora del espacio de ensayo, si
procede.

c.3) En el caso de inversiones en adquisición de equipamiento [submodalidad a.2) de la base 1.1], haber hecho un mínimo de 20 representaciones de artes escénicas de carácter profesional en Cataluña durante las dos temporadas anteriores a la del año de concesión de la subvención.

d) Requisitos específicos de la modalidad b) de la base 1.1 (salas privadas de teatro de Cataluña, excepto de la ciudad de Barcelona):

d.1) Haber exhibido un mínimo de 120 representaciones de artes escénicas de carácter profesional durante las dos temporadas anteriores a la del año de concesión de la subvención. En el caso de teatros en los que se haya producido cese de actividad, deberán acreditarse un mínimo de 30 representaciones de espectáculos de artes escénicas profesionales en el último año de funcionamiento del teatro.

d.2) Para las obras de mejora [submodalidad b.1) de la base 1.1], habrá que tener la disponibilidad del teatro y, si el solicitante no es el propietario, haber obtenido un permiso de la propiedad que autorice la realización de las obras en la sala de teatro.

e) Se considerarán realizadas las representaciones anuladas por las medidas restrictivas impuestas por las autoridades sanitarias para contener la propagación de la COVID-19 y que estén acreditadas por el espacio programador.

Documentos asociados

Boletín: 10/03/2021
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 8361
Documento: Bases específicas 2021 Descargar Documento
Boletín: 17/03/2021
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 8367
Documento: Convocatoria 2021 Descargar Documento