Subvenciones para los servicios de apoyo a la internacionalizacion para el periodo 2008-2011.- Modificación.

Código de ayuda:

S53700/08

Norma:

ORDEN FORAL 224/2008, de 3 de julio. ORDEN FORAL 101DEP/2011, de 17 de marzo.

Plazo de Solicitud:

Las solicitudes se presentarán en el mes siguiente a la firma del contrato correspondiente.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El apoyo a las empresas navarras en su proceso de internacionalización, ampliando el número de países receptores de las exportaciones navarras, la diversificación de los sectores exportadores y de los destinos de implantación.
Con esta finalidad se ofrece apoyo económico para la contratación de asesoramiento prestado por profesionales especializados en las distintas facetas de la internacionalización, tanto en servicios estratégicos, como operativos.

Categorías Subvención

  • Exportación / Internacionalización

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Departamento de Innovación, Empresa y Empleo (Navarra)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Empresas navarras en proceso de internacionalización.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Asesoramiento en origen.

Se incluyen en este apartado:

a) Servicios prestados a aquellos solicitantes que por su tamaño o forma organizativa no cuentan con personal propio dedicado de manera exclusiva a la internacionalización. Las actividades que pueden ser
objeto de subvención serán las relacionadas con funciones directivas, comerciales y de promoción, así como servicios extendidos relativos a esta materia y deberán encaminarse a la creación del Departamento
de Internacionalización en el seno de la empresa o agrupación.

b) Servicios prestados a los solicitantes no incluidos en el apartado anterior que pretendan abordar nuevos mercados que por sus especiales dificultades requieran de la contratación de un profesional externo.

c) Servicios de consultoría para la reflexión y diversificación estratégica en materia de internacionalización, siguiendo una metodología propuesta por el Servicio de Comercio e Internacionalización. Estos servicios deberán ser prestados por los profesionales formados en dicha metodología.

d) Servicios prestados por despachos de abogados relativos a consultas, informes dictámenes, negociación, redacción y seguimiento de la ejecución de contratos con suministradores, distribuidores y/o
clientes en el exterior o defensa jurídica en caso de demanda judicial.

e) Inteligencia competitiva, entendiendo por tal la investigación documental, basada en el análisis de bases de datos profesionales, mediante software específico, dirigida a la obtención de información tecnológica, de comportamientos y de legislación que permita conocer la situación competitiva del sector y/o de los competidores y potenciales clientes del solicitante en el mercado seleccionado y sus posibilidades
de posicionamiento en el mismo.

Los servicios incluidos en los apartados a) y b) anteriores deberán ser prestados por Gestores de Exportación a Tiempo Parcial, homologados a tal fin por el Departamento de Innovación, Empresa y Empleo
y la Cámara Oficial de Comercio e Industria de Navarra.

Los contratos relativos a los servicios anteriores y sus prórrogas deberán ser formalizados según el modelo establecido, que está a disposición de los interesados en la Cámara Oficial de Comercio e Industria
de Navarra y deberán firmarse en presencia de un representante de la citada institución.

2. Asesoramiento en destino.

Se incluyen en este apartado los servicios de asesoramiento en las siguientes materias:

a) Promoción comercial, que incluye las labores de introducción y adaptación de productos específicos del solicitante en un mercado concreto, así como las de precio, posicionamiento y distribución en
dicho mercado.

b) Selección de la modalidad de entrada/presencia en destino, incluyendo en este apartado la búsqueda y selección de agentes, distribuidores o importadores.

c) Selección del país o zona geográfica para la implantación comercial o productiva.

d) Viabilidad técnica y económica de la implantación en un destino previamente seleccionado.

e) Informes en materia fiscal y legal (administrativo, laboral, civil, mercantil), relativos a contrataciones, redacción y seguimiento de contratos con suministradores, clientes, empleados o agentes, defensa jurídica
y asistencia en litigios, repatriación de capitales, tributaciones o aduanas, y cualquier otra actividad que se circunscriba al ámbito indicado.

Se considerará como gasto subvencionable para los solicitantes de ayuda por asesoramiento en destino la realización de un viaje al país objeto del asesoramiento a realizar durante la vigencia del contrato o de las renovaciones, si existen.

Requisitos:

1. En el caso de las empresas:

a) Que estén radicadas en Navarra.
b) Que se encuentren dadas de alta en el Impuesto de Actividades Económicas en la fecha de presentación de la solicitud.
c) Que dispongan de un producto o servicio propio.

2. En el caso de los grupos de promoción, deberán estar formados por un mínimo de tres empresas navarras, siempre que cada una de ellas cumpla los requisitos anteriores.

3. Si se trata de consorcios de exportación, éstos no podrán estar incluidos en los programas de ICEX y deberán tener su sede en Navarra. La subvención será proporcional al número de empresas navarras que participen en el consorcio.

Documentos asociados

Boletín: 28/07/2008
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 92
Documento: Bases y Convocatoria 2008. Descargar Documento
Boletín: 14/04/2011
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 73
Documento: Modificación Descargar Documento