Subvenciones para los deportistas incluidos en el Programa Castilla-La Mancha Olimpica.- Convocatoria 2013.

Código de ayuda:

S09973/13

Norma:

Orden de 25/03/2013.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 27/04/2013

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Aprobar las bases reguladoras y convocar, en régimen de concurrencia competitiva, subvenciones para los deportistas incluidos dentro del Programa Castilla-La Mancha Olímpica, separados por las categorías que establece la presente Orden, con las razones justificativas y los objetivos recogidos en su parte expositiva.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Consejería de Educación, Cultura y Deportes (Castilla-La Mancha)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía máxima individual que corresponda a cada beneficiario se modulará en función de la puntuación obtenida tras la aplicación de los criterios de valoración previstos en la Base Decimocuarta, a los resultados deportivos obtenidos y, en ningún caso, podrá ser superior a 6.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas que practiquen cualquier modalidad deportiva calificada como olímpica por el Comité Olímpico Internacional, o paralímpica por el Comité Paralímpico Internacional, y que, por su alto rendimiento y méritos deportivos, cumplan los requisitos específicos que, para cada categoría del Programa, prevé la presente Orden.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

El Programa Castilla-La Mancha Olímpica aglutina tres Categorías:

a) Absolutos: deportistas que pertenecen, por edad, a la Categoría Absoluta de su modalidad deportiva.

b) Promesas: deportistas que pertenecen, por edad, a la categoría inmediatamente inferior a la Absoluta de su modalidad deportiva.

c) Paralímpicos: deportistas con discapacidades físicas, sensoriales, psíquicas y cerebrales, que tengan la condición de paralímpicos, en los términos establecidos por el Comité Paralímpico Internacional.

Requisitos:

a) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones por reintegro de subvenciones, tributarias, tanto con la administración estatal como con la regional y frente a la Seguridad Social.

b) No estar incursa la persona beneficiaria en los supuestos de incompatibilidad regulados en la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Consejo de Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha, de conformidad a lo establecido en el artículo 74.2 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, o tratarse de cualquiera de los cargos electivos regulados en la Ley 5/1986, de 23 de diciembre, electoral de Castilla-La Mancha.

c) No estar incursa la persona beneficiaria en ninguna de las circunstancias establecidas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

d) No encontrarse sujeto a sanción firme en vía administrativa por la comisión de una infracción en materia de dopaje impuesta por el órgano de disciplina deportiva o de lucha contra el dopaje, de carácter federativo o administrativo, de ámbito autonómico, estatal o internacional, al que se encuentre sujeto.

e) Aquellas personas solicitantes nacidas en Castilla-La Mancha deberán tener el domicilio fiscal en el territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha el día de la publicación de la presente Orden en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.

f) Aquellas personas solicitantes no nacidas en Castilla-La Mancha deberán tener el domicilio fiscal en Castilla-La Mancha con una antigüedad, al menos, de tres años, contados desde el mismo día de la publicación de la presente Orden en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.

g) Competir con licencia de una federación deportiva de Castilla-La Mancha. Excepcionalmente, si así lo estima la Dirección General de Deportes, se podrán incluir en el programa a deportistas que, cumpliendo el resto de requisitos, no tengan licencia de una federación deportiva de Castilla-La Mancha.

h) La participación en Juegos Olímpicos, Juegos Paralímpicos, Campeonatos de Europa y Campeonatos del Mundo, así como cualesquiera otras competiciones a las que se refiere la presente Orden a efectos de la inclusión del deportista en el Programa Castilla-La Mancha Olímpica, únicamente será válida si dicha participación se ha producido a través de la federación deportiva española correspondiente.

Consultar requisitos específicos para cada categoría.

Documentos asociados

Boletín: 10/04/2013
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 69
Documento: Bases, Convocatoria 2013 y Anexos. Descargar Documento