Subvenciones para los Municipios y Mancomunidades de la Comunidad Autonoma de Cantabria, con el fin de impulsar proyectos en materia de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, en el año 2009.

Código de ayuda:

S07219/09

Norma:

Orden EMP/14/2009, de 19 de enero.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 19/02/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establece las bases reguladoras y convoca subvenciones para los municipios y mancomunidades de la Comunidad Autónoma de Cantabria, con el fin de impulsar proyectos en materia de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres de Cantabria, cuya realización esté comprendida entre el 1 de enero y el 1 de diciembre de 2009.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Corporaciones Locales
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Consejería de Empleo y Bienestar Social (Cantabria)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Las subvenciones a conceder durante el año 2009 tendrán una cuantía máxima de ciento setenta mil euros (170.000 euros) y se abonarán con cargo a la partida presupuestaria 03.05.232B.461 “Corporaciones locales” del presupuesto de la Comunidad Autónoma de Cantabria para el año 2009.

De dicho crédito se reservaran:
Apartado 1.2.1 se destinan 25.000 euros, con arreglo a la siguiente distribución por grupos:
• Grupo A 5.000 euros.
• Grupo B 15.000 euros.
• Grupo C 5.000 euros.

En caso de no agotarse la cantidad reservada a este apartado, el remanente se destinará a subvencionar los proyectos del grupo D del apartado 1.2.3.

Apartado 1.2.2 se destinan 70.000 euros, con arreglo a la siguiente distribución por grupos
• Grupo A 30.000 euros.
• Grupo B 16.000 euros.
• Grupo C 24.000 euros.

En caso de no agotarse la cantidad reservada a este apartado, el remanente se destinará a subvencionar los proyectos del grupo D del apartado 1.2.3.

Apartado 1.2.3 se destinan 75.000 euros, con arreglo a la siguiente distribución por grupos:
• Grupo A 50.000 euros.
• Grupo B 14.000 euros.
• Grupo C 4.000 euros.
• Grupo D 7.000 euros.

La financiación de la presente Orden está condicionada a la aprobación por la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Cantabria para el año 2009, de la aplicación presupuestaria referida en el apartado 2.1, así como la existencia de crédito adecuado y suficiente.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Los destinatarios de estas subvenciones serán Municipios y Mancomunidades de la Comunidad Autó - noma de Cantabria que reúnan los siguientes requisitos:

a) No tener asignación nominativa de otra subvención o ayuda con cargo a los créditos presupuestarios de la Dirección General de la Mujer, previstos para el ejercicio 2009.

b) No incurrir en algunas de las circunstancias establecidas en el artículo 12 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.

Las Mancomunidades, además, deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Estar legalmente constituidas.
b) Estar integradas exclusivamente por municipios pertenecientes a Cantabria y que cuenten con un mínimo tres municipios.

No podrán ser beneficiarios de la subvención los municipios pertenecientes a una mancomunidad que resulte subvencionada al amparo de la presente Orden. Por ello, junto con la presentación de la documentación correspondiente, la Mancomunidad deberá presentar documentación acreditativa de cada uno de los municipios que la componen de renunciar expresamente a solicitar una ayuda acogiéndose a esta convocatoria.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Se subvencionarán los siguientes proyectos para cada rupo:

GRUPO A.- Municipios de más de 100.000 habitantes, según el último padrón.
1.2.2. A.1.- Proyectos que fomenten la centralidad en el empleo de las mujeres víctimas de violencia de género y promuevan su adquisición de habilidades y capacidades personales para la inserción laboral.

1.2.2. A.2.- Proyectos de aplicación de Mainstreaming de género o enfoque integrado de género en las políticas públicas del municipio a través de:
• Proyectos para la implantación de
• Proyectos para la implantación de
• Proyectos para la implantación de estadísticas desagregadas por sexo.
• Proyectos para la aplicación del enfoque de género en los presupuestos municipales.
• Proyectos para la modificación de los procedimientos de diseño, desarrollo y evaluación de las políticas públicas municipales para optimizar el esfuerzo a favor de la igualdad de oportunidades desde todas las áreas y departamentos.
• Proyectos para el fomento de la participación equilibrada de mujeres y hombres en todas las instancias municipales.
• Proyectos para la aplicación del enfoque de género en todas las campañas de publicidad e informativas municipales, tanto en su contenido gráfico como lingüístico.
• Proyectos que incorporen cláusulas de observancia de la igualdad en los pliegos y en los criterios de valoración de los contratos y convenios de cooperación con entidades privadas y empresas que tengan como finalidad la prestación de servicios
• Proyectos que garanticen la implantación de lenguaje no sexista en los documentos administrativos.
• Proyectos de formación del personal funcionario en Mainstreaming de género En este caso el municipio deberá financiar al menos, el 70% del proyecto. GRUPO B.- Municipios desde 10.000 hasta 50.000 habitantes, según el último padrón.

1.2.2.B.1.- Proyectos que promuevan la puesta en marcha de centros de información y atención a la mujer coordinados con el sistema de asistencia y acogimiento del Gobierno de Cantabria y que ofrezcan al menos los servicios de atención social, información y derivación en la atención a víctimas de violencia de genero.

1.2.2. B.2.- Proyectos de actividades de empoderamiento e información para las mujeres en los centros de información y atención a la mujer coordinados con el sistema de asistencia y acogimiento del Gobierno de Cantabria.

1.2.2. B.3.- Proyectos que fomenten la centralidad en el empleo de las mujeres y promuevan su adquisición de habilidades y capacidades personales para su inserción laboral.

1.2.2. B.4.- Proyectos que fomenten la centralidad en el empleo de las mujeres víctimas de violencia de género y promuevan la adquisición de habilidades y capacidades personales para la inserción laboral.

1.2.2. B.5.- Proyectos que contribuyan a la eliminación de cualquier tipo de discriminación de las mujeres y a alcanzar la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres a través de acciones positivas especificas para mujeres.

1.2.2. B.6.- Proyectos para la implantación de Mainstreaming de género o enfoque integrado de género en el diseño de toda clase de políticas públicas en el ámbito municipal.

1.2.2. B.7.- Proyectos que promuevan el empoderamiento de las mujeres.

1.2.2. B.8.-Proyectos de actividades formativas y culturales dirigidas a mujeres que fomenten la igualdad
de oportunidades.

1.2.2. B.9.- Proyectos para mujeres y hombres que busquen eliminar estereotipos sexistas.

1.2.2.B.10.- Proyectos que potencien la participación social y política de las mujeres en todos los ámbitos de la vida, que fomenten el asociacionismo de mujeres, la dinamización y gestión de asociaciones de mujeres y la difusión de sus derechos.
En este caso el Municipio deberá financiar al menos, el 25% del proyecto

GRUPO C.- Municipios de menos de 10.000 habitantes:
1.2.2. C.1.- Proyectos de puesta en marcha de centros de información y atención a la mujer coordinados con el sistema de asistencia y acogimiento del Gobierno de Cantabria y que ofrezcan al menos los servicios de atención social, Información y derivación en la atención a víctimas de violencia de genero.

1.2.2. C.2.- Proyectos que fomenten la centralidad en el empleo de las mujeres y promuevan su adquisición de habilidades y capacidades personales para su inserción laboral.

1.2.2. C.3.- Proyectos que fomenten la centralidad en el empleo de las mujeres víctimas de violencia y promuevan la adquisición de habilidades y capacidades personales para la inserción laboral.

1.2.2. C.4.- Proyectos que contribuyan a la eliminación de cualquier tipo de discriminación de las mujeres y a alcanzar la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres a través de acciones positivas especificas para mujeres.

1.2.2. C.5.-.Proyectos que promuevan la aplicación de Mainstreaming de género o enfoque integrado de género en el diseño de toda clase de políticas públicas en el ámbito municipal.

1.2.2. C.6.- Proyectos que promuevan el empoderamiento de las mujeres.

1.2.2. C.7.- Proyectos que promuevan actividades para mujeres y hombres que busquen eliminar estereotipos sexistas.

1.2.2.C.8.- Proyectos que potencien la participación social y política de las mujeres en todos los ámbitos de la vida, que fomenten el asociacionismo de mujeres, la dinamización y gestión de asociaciones de mujeres y la difusión de sus derechos.

1.2.2. C.9.- Proyectos de actividades formativas y culturales
dirigidas a mujeres que fomenten la igualdad de
oportunidades.
En este caso el Municipio deberá financiar al menos, el
10% del proyecto
1.2.3.- PROYECTOS DESTINADOS A LAS MUJERES CÁNTABRAS Y AL FOMENTO DE LA IGUALDAD DE OPORTUNIDADES ENTRE MUJERES Y HOMBRES DE CANTABRIA EN MUNICIPIOS Y MANCOMUNIDADES QUE CAREZCAN DE PLAN DE IGUALDAD.

Se financiarán los siguientes proyectos por cada grupo:

GRUPO A.- Mancomunidades:
1.2.3. A.1.- Proyectos que promuevan la puesta en marcha y las actividades de empoderamiento e información para las mujeres en centros de información y atención a la mujer coordinados con el sistema de asistencia y acogimiento del Gobierno de Cantabria y que ofrezcan al menos los servicios de atención social, información y derivación en la atención a víctimas de violencia de genero.

1.2.3. A.2.- Proyectos que fomenten la centralidad en el empleo de las mujeres y promuevan su adquisición de habilidades y capacidades personales para su inserción laboral.

1.2.3. A.3.- Proyectos que fomenten la centralidad en el empleo de las mujeres víctimas de violencia de género y promuevan su adquisición de habilidades y capacidades personales para su inserción laboral.

1.2.3. A.4.- Proyectos que contribuyan a la eliminación de cualquier tipo de discriminación de las mujeres y a alcanzar la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres a través de acciones positivas especificas para mujeres.

1.2.3. A.5.- Proyectos que promuevan la aplicación de Mainstreaming de género o enfoque integrado de género en el diseño de toda clase de políticas públicas en el ámbito de la mancomunidad.

1.2.3. A.6.- Proyectos que promuevan el empoderamiento de las mujeres.

1.2.3. A.7.- Proyectos que promuevan actividades para mujeres y hombres que busquen eliminar estereotipos sexistas.

1.2.3. A.8.- Proyectos que potencien la participación social y política de las mujeres en todos los ámbitos de la vida, que fomenten el asociacionismo de mujeres, la dinamización y gestión de asociaciones de mujeres y la difusión de sus derechos. En este caso la Mancomunidad deberá financiar al menos, el 20% del proyecto.

GRUPO B.- Municipios desde 50.000 hasta 100.000 habitantes, según el último padrón.
1.2.3. B.1.- Proyectos que fomenten la centralidad en el empleo de las mujeres y promuevan su adquisición de habilidades y capacidades personales para su inserción laboral.

1.2.3. B.2.- Proyectos que fomenten la centralidad en el empleo de las mujeres víctimas de violencia y promuevan la adquisición de habilidades y capacidades personales para la inserción laboral de mujeres víctimas de violencia de género.

1.2.3. B.3.- Proyectos que promuevan la aplicación de Mainstreaming de género o enfoque integrado de género en las políticas públicas del municipio a través de:
• Proyectos para la implantación de estadísticas desagregadas por sexo.
• Proyectos para la aplicación del enfoque de género en los presupuestos municipales.
• Proyectos para la modificación de los procedimientos de diseño, desarrollo y evaluación de las políticas públicas municipales para optimizar el esfuerzo a favor de la igualdad de oportunidades desde todas las áreas y departamentos.
• Proyectos para el fomento de la participación equilibrada de mujeres y hombres en todas las instancias municipales.
• Proyectos para la aplicación del enfoque de género en todas las campañas de publicidad e informativas municipales, tanto en su contenido gráfico como lingüístico.
• Proyectos que incorporen cláusulas de observancia de la igualdad en los pliegos y en los criterios de valoración de los contratos y convenios de cooperación con entidades privadas y empresas que tengan como finalidad la prestación de servicios.
• Proyectos que garanticen la implantación de lenguaje no sexista en los documentos administrativos.
• Proyectos de formación del personal funcionario en Mainstreaming de género.

1.2.3. B.4- Proyectos que promuevan el empoderamiento de las mujeres en el municipio. En este caso el Municipio deberá financiar al menos, el 50% del proyecto.

GRUPO C.- Municipios desde 10.000 hasta 50.000 habitantes, según el último padrón.
1.2.3.C.1.- Proyectos que promuevan la puesta en marcha de centros de información y atención a la mujer coordinados con el sistema de asistencia y acogimiento del Gobierno de Cantabria y que ofrezcan al menos los servicios de atención social, información y derivación en la atención a víctimas de violencia de genero.

1.2.3. C.2.- Proyectos de actividades de empoderamiento e información para las mujeres en los centros de información y atención a la mujer coordinados con el sistema de asistencia y acogimiento del Gobierno de Cantabria.

1.2.3. C.3.- Proyectos que fomenten la centralidad en el empleo de las mujeres y promuevan su adquisición de habilidades y capacidades personales para su inserción laboral.

1.2.3. C.4.- Proyectos que fomenten la centralidad en el empleo de las mujeres víctimas de violencia de género y promuevan su adquisición de habilidades y capacidades personales para su inserción laboral.

1.2.3. C.5.- Proyectos que contribuyan a la eliminación de cualquier tipo de discriminación de las mujeres y a alcanzar la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres a través de acciones positivas especificas para mujeres.

1.2.3. C.6.- Proyectos que promuevan la aplicación de Mainstreaming de género o enfoque integrado de género en el diseño de toda clase de políticas públicas en el ámbito municipal.

1.2.3. C.7.- Proyectos que promuevan el empoderamiento de las mujeres.

1.2.3. C.8.- Proyectos que promuevan actividades para mujeres y hombres que busquen eliminar estereotipos sexistas.

1.2.3.C.9.- Proyectos que potencien la participación social y política de las mujeres en todos los ámbitos de la vida, que fomenten el asociacionismo de mujeres, la dinamización y gestión de asociaciones de mujeres y la difusión de sus derechos. En este caso el Municipio deberá financiar al menos, el 25% del proyecto.

GRUPO D.- Municipios de menos de 10.000 habitantes:
1.2.3.D.1.- Proyectos que promuevan la puesta en marcha de centros de información y atención a la mujer coordinados con el sistema de asistencia y acogimiento del Gobierno de Cantabria y que ofrezcan al menos los servicios de atención social, información y derivación en la atención a víctimas de violencia de genero.

1.2.3. D.2.- Proyectos que fomenten la centralidad en el empleo de las mujeres y promuevan su adquisición de habilidades y capacidades personales para su inserción laboral.

1.2.3. D.3.- Proyectos que fomenten la centralidad en el empleo de las mujeres víctimas de violencia de género y promuevan su adquisición de habilidades y capacidades personales para su inserción laboral.

1.2.3. D.4.- Proyectos que contribuyan a la eliminación de cualquier tipo de discriminación de las mujeres y a alcanzar la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres a través de acciones positivas especificas para mujeres.

1.2.3. D.5.- Proyectos que promuevan la aplicación deMainstreaming de género o enfoque integrado de género en el diseño de toda clase de políticas públicas en el ámbito municipal.

1.2.3. D.6.- Proyectos que promuevan el empoderamiento de las mujeres.

1.2.3. D.7.- Proyectos que promuevan actividades para mujeres y hombres que busquen eliminar estereotipos sexistas.

1.2.3.D.8.- Proyectos que potencien la participación social y política de las mujeres en todos los ámbitos de la vida, que fomenten el asociacionismo de mujeres, la dinamización y gestión de asociaciones de mujeres y la difusión de sus derechos.

1.2.3. D.9.- Proyectos de actividades formativas y culturales dirigidas a mujeres que fomenten la igualdad de oportunidades. En este caso el Municipio deberá financiar al menos, el 10% del proyecto.

1.3.- Los Municipios podrán solicitar ayuda por los apartados

1.2.1 ó 1.2.2 / 1.2.3, financiándose un único proyecto por apartado.

1.4.- Estas subvenciones no incluirán inversiones en infraestructura ni equipamiento de las entidades solicitantes, sino exclusivamente los propios del desarrollo de las actividades.

1.5.- Esta subvención es compatible con la percepción de otras subvenciones, ayudas procedentes de cualesquiera Administración o ente público o privado, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales dentro de los límites contemplados en el artículo 34 del Real Decreto 887/2006, de 21 de junio, por el que se aprueba el reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

1.6.- Los beneficiarios podrán subcontratar la totalidad de la actividad subvencionada. No obstante, no se admitirá la subcontratación de asociaciones de mujeres para la ejecución de las actividades subvencionadas.

Documentos asociados

Boletín: 02/02/2009
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 21
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2009 y Anexos Descargar Documento