Subvenciones para los Grupos de Desarrollo Rural de Andalucía.

Código de ayuda:

S30119/06

Norma:

ORDEN de 11 de agosto de 2006. Orden de 29 de mayo de 2002.

Plazo de Solicitud:

Desde el 1/01 - 31/10 de cada año: letras a), b), c) y d). Hasta el 30/09: letra e) anualidad 2006.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente Orden de 29 de mayo de 2002, tiene por objeto establecer subvenciones para los Grupos de Desarrollo Rural de Andalucía, en desarrollo de lo previsto en la Sección 10ª del Decreto 280/2001, de 26 de diciembre, por el que se establecen las ayudas de la Junta de Andalucía a los sectores agrícola, y
ganadero y forestal incluidas en el Programa Operativo Integrado Regional de Andalucía para el Desarrollo del Marco Comunitario de Apoyo 2000-2006 (BOJA núm. 149, de 29 de diciembre), y en la Disposición adicional única del Decreto 7/2002, de 15 de enero, por el que se regula el PRODER de Andalucía y se convoca a las entidades interesadas en participar en su gestión (BOJA núm. 8, de 19 de enero).

Mediante la Orden de 11 de agosto de 2006 se modifica la Orden de 29 de mayo de 2002:

El plazo de presentación de solicitudes de subvención para gastos de funcionamiento de los Grupos de Desarrollo Rural previstas en la letra e) del artículo 2 será, para cada anualidad y con carácter general, del 1 de octubre al 30 de noviembre del año anterior.

El plazo de presentación de solicitudes para las subvenciones previstas en la letra e) del artículo 2, y para la anualidad 2006, finalizará el 30 de septiembre de 2006.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Desarrollo Rural

Localización del organismo gestor

Andalucía

Convoca:

Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural (Andalucía)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Las subvenciones previstas podrán alcanzar el 100% del coste total de la actividad o gasto subvencionable.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Grupos de Desarrollo Rural.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Actividades de dinamización de su ámbito de actuación.

b) Actividades de formación que redunden en el desarrollo y diversificación económica del medio rural.

c) Realización de informes, estudios e inventarios, y elaboración de planes, programas y proyectos de desarrollo.

d) Actividades de consultoría y asistencia técnica, realizadas por otras entidades, empresas y profesionales.

e) En relación con los gastos de funcionamiento del Grupo, las retribuciones salariales por contratos en régimen laboral a tiempo completo, incluyendo las cuotas patronales a la Seguridad Social.

Documentos asociados

Boletín: 22/06/2002
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 73
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 23/08/2006
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 163
Documento: Modificación, Convocatoria 2006 y Solicitud Descargar Documento