Subvenciones para llevar a cabo actividades en materia de salud pública para los ejercicios 2017 y2018.

Código de ayuda:

S43837/17

Norma:

Resolución de 25 de agosto de 2017. Orden de 5 de mayo de 2017.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 22 de septiembre de 2017.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

a) Línea 1: programas de promoción de la salud.

b) Línea 2: programas de promoción de la salud y educación para la salud en los centros educativos de las Illes Balears.

c) Línea 3: proyectos dirigidos a la promoción de la donación de sangre y a hacer una captación directa de donantes en todos los municipios de las Illes Balears.

d) Línea 4: proyectos de prevención y control de la infección por el VIH y otras infecciones de transmisión sexual en la población general y en colectivos específicos de afectados.

e) Línea 5: ayudas para asociaciones de pacientes.

f) Línea 6: proyectos de prevención de las adicciones en el ámbito de los municipios de las Illes Balears que disponen de un plan municipal de actuaciones sobre drogodependencias y otras adicciones.

g) Línea 7: proyectos de reducción de daños derivados del consumo de drogas y otras adicciones en espacios de ocio recreativo de las Illes Balears.

Categorías Subvención

  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejería de Salud y Consumo (Islas Baleares)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Pueden ser beneficiarias de las subvenciones en materia de salud pública las siguientes personas:

a) Para los proyectos de las líneas 1, 3, 4, 6 y 7, cualquier persona jurídica de carácter privado sin ánimo de lucro, con domicilio social en las Illes Balears que, además de llevar a cabo en el territorio de las Illes Balears los programas y las actividades previstas en estas líneas, cumpla los requisitos que dispone la Orden de bases y los específicos de esta convocatoria.

b) Para los proyectos de promoción de la salud y educación para la salud en el ámbito educativo incluidos en la línea 2, sólo pueden ser beneficiarios los centros educativos de las Illes Balears, de titularidad pública o privada, que participan en en el programa de Centros Educativos Promotores de la Salud de las Illes Balears (CEPS).

c) Para los proyectos de la línea 5, las asociaciones de pacientes, entendiendo por tales las personas jurídicas de carácter privado sin ánimo de lucro, con domicilio social en las Illes Balears, cuya finalidad es la atención y el apoyo a las personas con problemas de salud y sus familias, a fin de mejorar su calidad de vida.

Documentos asociados

Boletín: 10/05/2017
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 56
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 02/09/2017
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 108
Documento: Convocatoria 2017 Descargar Documento
Boletín: 02/09/2017
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 108
Documento: Convocatoria 2017 (Extracto) Descargar Documento