Subvenciones para las obras de Mejora y Modernización de Infraestructuras de Regadíos existentes, así como de Creación de Nuevos Regadíos para el año 2006.

Código de ayuda:

S26928/04

Norma:

Orden de 21 de octubre de 2004. Orden de 3 de noviembre de 2005.

Plazo de Solicitud:

Hasta 13 de diciembre de 2005 para inversiones de hasta 120000 euros. Hasta 13 de febrero de 2006, para inversiones superiores.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente Orden tiene por objeto convocar subvenciones destinadas a las obras de mejora y modernización de los regadíos existentes, la creación de nuevos regadíos, así como las dirigidas a auxiliar los costes de asesoramiento y asistencia técnica para la puesta en marcha de grandes sectores de riego a presión para el año 2006, de acuerdo con las bases reguladoras previstas en el Decreto 48/2001, de 27 de febrero, del Gobierno de Aragón, (B.O.A. nº 29 de 9 de marzo de 2001) y el Decreto 205/2005, de 11 de octubre, del Gobierno de Aragón, por el que se completan las bases reguladoras de diversas subvenciones existentes en materia de agricultura y alimentación (B.O.A. nº 26 de octubre de 2005).

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Inversiones Materiales y Equipos

Localización del organismo gestor

Aragón

Convoca:

Departamento de Agricultura y Alimentación (Aragón)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Según la finalidad:
a) Las comunidades de regantes y usuarios, constituidas al amparo de la Ley de Aguas o en constitución, y cuyas actuaciones subvencionables afecten al menos a diez usuarios.
b) Las entidades locales que sean titulares de una concesión de aprovechamiento de aguas para riego, y que promuevan la constitución o complemento de explotaciones agrícolas de regadío en terrenos aptos para la producción agrícola y que sean de propiedad del beneficiario.
La entidad local deberá constituirse en el futuro, a su vez, como comunidad de regantes y usuarios, o integrarse en alguna ya existente.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La ejecución de las obras de mejora y modernización de los regadíos existentes y para la creación de nuevos regadíos, dirigidas a satisfacer las siguientes finalidades:
a) La mejora o modernización de una zona de regadío existente, que incluya obras y elementos que mejoren la gestión del riego, incrementando su eficiencia o el ahorro de agua.
b) La modernización integral, que afecte al conjunto de una zona o sector de regadío existente.
c) La creación de las infraestructuras básicas para nuevos regadíos.
d) La prestación de asesoramiento y asistencia técnica a las comunidades de regantes que requiera la puesta en marcha de grandes sectores de riego a presión, durante los primeros cinco años de utilización de las instalaciones.

Quedan excluidas:
a) Las actuaciones de equipamiento interior en las parcelas.
b) las obras de creación de regadíos que se realicen en zonas de Interés Nacional o General determinadas por Decreto.
c) La reposición de elementos o reparación de instalaciones.
d) Las obras ejecutadas parcial o totalmente, con fecha anterior al control por el que se certifica el no inicio de obras.

Gastos subvencionables:

1. Para las solicitudes de subvención para la mejora y modernización de infraestructuras de regadíos existentes, así como para la creación de nuevos regadíos, ejecutadas por los beneficiarios:
a) El coste final de las obras calculado de acuerdo con el resultado de aplicar los módulos para el cálculo del presupuesto subvencionable.
b) Los honorarios de redacción del proyecto y dirección de obras, en caso de que hayan sido necesarios, calculándose todo ello tal y como se describe en el Anexo III.
c) Los estudios e informes complementarios precisos (medioambientales, geotécnicos, etc), en el caso de que hayan sido necesarios.

2. Para las solicitudes de subvención para la mejora y modernización de infraestructuras de regadíos existentes, así como para la creación de nuevos regadíos, ejecutadas por la Administración:
a) El coste final de las obras.
b) Los honorarios de redacción del proyecto, en caso en que hayan sido necesarios, calculándose todo ello tal y como se describe en el Anexo III.
c) Los estudios e informes complementarios precisos (medioambientales, geotécnicos, etc), en el caso de que hayan sido necesarios, y gastos de gestión.

3. Para las solicitudes de subvención para las comunidades de regantes de riego a presión, los costes imputables a las actividades subvencionables con los siguientes límites: El presupuesto subvencionable el primer año no podrá exceder del 2% del coste de las obras o del que resulte de aplicar los módulos que se establezcan como límite máximo admisible.

Documentos asociados

Boletín: 15/11/2004
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 134
Documento: Convocatoria Descargar Documento
Boletín: 15/11/2004
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 134
Documento: Anexos Descargar Documento
Boletín: 14/11/2005
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 135
Documento: Convocatoria 2006 y Anexos Descargar Documento