Subvenciones para las inversiones no productivas en parcelas agricolas y ganaderas y de fomento al bienestar animal en explotaciones ganaderas.

Código de ayuda:

S52346/14

Norma:

Orden de 20 de noviembre de 2014. Orden de 9 de junio de 2009. Orden de 24 de abril de 2015.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 26/12/2014

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar para el año 2015, en régimen de concurrencia competitiva, las siguientes ayudas previstas en la Orden de 9 de junio de 2009, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para las inversiones no productivas en parcelas agrícolas y ganaderas y de fomento al bienestar animal en explotaciones ganaderas, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2007-2013:

- Inversiones no productivas (medida 216).

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Desarrollo Rural

Localización del organismo gestor

Andalucía

Convoca:

Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural (Andalucía)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Autónomos
  • Comunidades de bienes / propietarios
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Ganaderos y titulares de Explotaciones Ganaderas
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, sus agrupaciones, comunidades de bienes o cualquier tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, sean titulares de explotaciones agrarias y que realicen las inversiones no productivas o las actuaciones de fomento del bienestar animal previstas en la presente Orden, en la parte de su explotación agraria ubicada en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

- Adquisición de comederos y bebederos para el ganado.

- Adquisición e instalación de depósitos de agua, con una capacidad máxima de 50.000 litros por depósito. (Deberán instalarse sobre solera de hormigón y previa explanación de la zona).

Documentos asociados

Boletín: 22/06/2009
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 119
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 26/11/2014
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 231
Documento: Convocatoria 2015 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 08/05/2015
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 87
Documento: Incremento Créditos 2015 Descargar Documento