Subvenciones para las entidades locales del Principado en el año 2021. Línea 1. Adquisición de libros destinados a las bibliotecas municipales de la Red de Bibliotecas Públicas del Principado de Asturias.

Código de ayuda:

S11773/21

Norma:

Resolución de 29 de marzo de 2021. Resolución de 19 de noviembre de 2018.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 29 de abril de 2021.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente convocatoria tiene por objeto la concesión de ayudas económicas, en régimen de concurrencia competitiva, para la adquisición de libros destinados a las bibliotecas municipales de la Red de Bibliotecas Públicas del Principado de Asturias. El número máximo de ejemplares que se podrán adquirir por título será de 1, salvo en los concejos que tengan más de una biblioteca en su localidad. No serán objeto de ayuda grandes obras de consulta (enciclopedias, repertorio de genealogía y heráldica, etc.,) o publicaciones periódicas (revistas, periódicos, boletines...).

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Corporaciones Locales

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Consejería de Cultura, Política Llingüística y Turismo (Principado de Asturias)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios

Detalle beneficiarios:

Las entidades locales del Principado de Asturias titulares de bibliotecas municipales que forman parte de la Red de Bibliotecas Públicas del Principado de Asturias que cumplan los requisitos.

Requisitos:

1) Tener una población inferior a los 75.000 habitantes.

2) Contar, al menos, con un centro bibliotecario de titularidad municipal que cumpla los requisitos que se indican a continuación:

a. Encontrarse al corriente en relación con los datos estadísticos requeridos anualmente por la Sección de Coordinación Bibliotecaria, dependiente de la Consejería competente en materia de cultura.

b. Todos los centros bibliotecarios para cuya dotación se solicite subvención deberán estar incluidos en el Directorio de Bibliotecas Públicas del Principado de Asturias en situación de activo, es decir, en funcionamiento al 1 de enero del año en el que se aprueben cada una de las convocatorias. Este extremo se
apreciará de oficio por el órgano instructor.

c. Tener una apertura semanal mínima de 5 horas. Este requisito se apreciará de oficio por el órgano instructor a través de los datos estadísticos suministrados por la Biblioteca o mediante la información que consta en el Directorio de Bibliotecas.

d. El encargado de la biblioteca que tenga la cualificación técnica adecuada será el responsable de las tareas de selección, proceso de los fondos y puesta a disposición de los usuarios de los mismos. En el caso de no existir tal cualificación se requerirá la asistencia de los servicios de la Sección de Coordinación Bibliotecaria para la selección de los fondos y su incorporación al catálogo colectivo (Cabiria).

3) Realizar, en el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de octubre del ejercicio en que se lleve a cabo la convocatoria anual, una inversión en la adquisición de fondos bibliográficos con destino a la biblioteca pública municipal, con cargo a los presupuestos del ayuntamiento.

4) Haber cumplido con las obligaciones derivadas de subvenciones concedidas anteriormente por la Administración del Principado de Asturias.

Documentos asociados

Boletín: 19/12/2018
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 292
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 09/04/2021
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 67
Documento: Convocatoria 2021 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 09/04/2021
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 67
Documento: Convocatoria 2021 Completa Descargar Documento