Subvenciones para laboratorios, incubadoras y residencias de creación o desarrollo de proyectos audiovisuales, y se convocan para el año 2025 (código de procedimiento CT215E).
Código de ayuda:
S00591/25Norma:
RESOLUCIÓN de 16 de diciembre de 2024.Plazo de Solicitud:
Hasta el 11 de febrero de 2025.¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Aproximadamente 50.000 €
Finalidad u objetivo de la ayuda:
Esta resolución tiene por objeto aprobar las bases que se incluyen como anexo I, por las que se regirá la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas de la Agencia Gallega de las Industrias Culturales para laboratorios, incubadoras y residencias de creación o desarrollo de proyectos audiovisuales. Asimismo, por medio de esta orden se convocan dichas subvenciones para el año 2025. (código de procedimiento CT215E )Categorías Subvención
Asesorías, Auditorías y Consultorías Externas
Audiovisual, Prensa y Publicaciones
Empleo
Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
Localización del organismo gestor

Convoca:
Agencia Gallega de las Industrias Culturales. (Galicia)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Proyecto: Laboratorio/incubadora/residenciaCuantía máxima: 50.000 €
Intensidad máxima: 80 %
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Empresas (más de 250 empleados)
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Podrán optar a estas subvenciones las personas jurídicas privadas con actividad habitual en Galicia, promotoras de laboratorios, incubadoras o residencias orientadas al asesoramiento e impulso de proyectos audiovisuales y cuyos estatutos recojan, en su objeto social, aspectos directamente vinculados al ámbito audiovisual y cumplan con los requisitos establecidos en las bases reguladoras.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
– Gastos de personal contratado específicamente para la actividad.– Contratación de servicios de intérpretes y empresas de traducción simultánea necesarios para el desarrollo del programa.
– Alquileres de locales o salas (excluido el alquiler de la sede social de la persona beneficiaria).
– Servicios técnicos y de alquiler de equipos para la realización de actividades presenciales.
– Gastos de gestión y de alquiler de espacios en plataformas virtuales para actividades online y para el alojamiento virtual de contenidos relacionados con la actividad a desarrollo
Requisitos:
1. Tener en el objeto social de sus estatutos actividades directamente vinculadas al ámbito audiovisual.2 Haber organizado como mínimo dos ediciones de la iniciativa en los cuatro años anteriores al de la presente convocatoria.
3. Que en la edición ya celebrada hubieran participado como mínimo con dos proyectos de creación o producción gallega.
Documentos asociados
Boletín:
10/01/2025
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 06
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2025 y Anexos Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 06
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2025 y Anexos Descargar Documento
Boletín:
10/01/2025
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 06
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2025 (Extracto) Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 06
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2025 (Extracto) Descargar Documento