Subvenciones para la traducción literaria en el 2019.

Código de ayuda:

S28982/19

Norma:

RESOLUCIÓN de 10 de abril de 2019.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 10 de junio de 2019.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Es objeto de la presente Resolución dar publicidad al acuerdo del Consejo de Dirección del IVE que aprueba, para el 2019, la regulación del régimen de concesión de subvenciones a la traducción.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Audiovisual, Prensa y Publicaciones

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

INSTITUTO VASCO ETXEPARE EUSKAL INSTITUTUA / BASQUE INSTITUTE (País Vasco)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Investigadores / Centros tecnológicos / Centros de I+D
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Los que cumplan los requisitos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

– Obras literarias escritas y publicadas originalmente en euskera a otras lenguas.

– Obras literarias escritas y publicadas originalmente en castellano por autores empadronados en la Comunidad Autónoma Vasca a otras lenguas (excepto al euskera).

Requisitos:

a) Ser persona física o jurídica, que se dedica profesionalmente o tiene entre sus fines, labores de traducción y edición.

b) Estar dado de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas, en el epígrafe correspondiente a la actividad que se vaya a realizar, antes de que finalice el plazo de presentación de solicitudes, si fuera necesario en el país correspondiente.

Expecionalmente, esta condición no tendrán que cumplirla los/las traductores/as que realicen traducciones de sus propias obras.

Documentos asociados

Boletín: 08/05/2019
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 85
Documento: Bases y Convocatoria 2019 Descargar Documento