Subvenciones para la restauración de elementos que forman parte del Patrimonio Cultural de Asturias para particulares e instituciones sin fines de lucro radicados en el Principado de Asturias (Línea 1. Bienes de Interés Cultural o incluidos individualmente en el Inventario del Patrimonio Cultural de Asturias).
Código de ayuda:
S01700/24Norma:
Resolución de 19 de diciembre de 2023. Resolución de 6 de julio de 2016. Resolución de 9 de octubre de 2024. Resolución de 22 de diciembre de 2025.Plazo de Solicitud:
Hasta el 2 de enero de 2026.¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Aproximadamente 25.000 €
Finalidad u objetivo de la ayuda:
Concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para la realización de obras de conservación, consolidación, restauración o rehabilitación en elementos que formen parte del patrimonio cultural de Asturias según la Ley 1/2001, de 6 de marzo, Patrimonio Cultural de Asturias que cuenten con la declaración como Bien de Interés Cultural, excluyendo la categoría de Conjunto Histórico, o estén incluidos individualmente en el Inventario del Patrimonio Cultural de Asturias, excluyendo la categoría de Conjunto, o en bienes muebles vinculados, yacimientos arqueológicos asociados, o bienes inmuebles asociados a yacimientos que cuenten con estas categorías de protección.Categorías Subvención
Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
Patrimonio Cultural y Arquitectura
Localización del organismo gestor
Principado de AsturiasConvoca:
Consejería de Cultura, Política Lingüística y Deporte (Principado de Asturias)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía máxima de la ayuda no podrá exceder de 25.000€ (no se subvencionarán por encima del 75% del presupuesto subvencionable)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Podrán optar a la concesión de las subvenciones, en calidad de beneficiario cualquier persona física o jurídica, o institución, todas ellas sin ánimo de lucro, excluidas las entidades locales, que sea propietaria de forma individual o compartida, o poseedora con consentimiento expreso del propietario, de bienes declarados Bien de interés cultural, excluyendo la categoría de Conjunto Histórico, que hayan sido incluidos individualmente en el Inventario del Patrimonio Cultural de Asturias, excluyendo la categoría de Conjunto, o de bienes muebles vinculados, yacimientos arqueológicos asociados, o bienes inmuebles asociados a yacimientos que cuenten con las categorías de protección de los apartados anteriores.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Solo serán objeto de subvención los gastos derivados de los trabajos necesarios para lograr el mantenimiento estructural y/o recuperación de las características originales de estos bienes, entre los que podrán incluirse, tasas e impuestos municipales derivados de la concesión de la licencia urbanística, redacción de proyecto, seguimiento arqueológico, materiales y mano de obra relacionados con la intervención, siempre que no supongan reiteración de actuaciones ya subvencionadas con anterioridad.Requisitos:
1. Los solicitantes, para obtener la condición de beneficiarios en la convocatoria deberán cumplir los requisitos establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, acreditándose la misma mediante las declaraciones responsables que se acompañarán con la solicitud.2. Asimismo, y de acuerdo con el apartado e) del artículo 14 de la citada Ley 38/2003, los solicitantes deberán acreditar con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución de concesión, que se hallan al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
Documentos asociados
Boletín:
22/07/2016
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 170
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
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Boletín:
14/02/2024
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 32
Documento: Convocatoria 2024 (Extracto) Descargar Documento
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14/02/2024
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Boletín:
13/01/2026
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 7
Documento: Convocatoria 2026 (Extracto) Descargar Documento
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Boletín:
13/01/2026
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 7
Documento: Convocatoria 2026 (Completa) Descargar Documento
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