Subvenciones para la renovación de instalaciones eléctricas de baja tensión en el Principado de Asturias.

Código de ayuda:

S08882/26

Norma:

Resolución de 16 de marzo de 2026. Resolución de 28 de julio de 2023.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 25 de abril de 2026.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a la renovación de las instalaciones eléctricas de baja tensión que hayan sido ejecutadas y puestas en servicio con anterioridad a la fecha que se establezca en cada convocatoria, en el interior de edificios de viviendas, situadas dentro del territorio del Principado de Asturias.

Categorías Subvención

  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Conserjería de Ciencia, Industria y Empleo (Principado de Asturias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Línea 1:
-hasta el 50% del gasto subvencionable (incluido el IVA) para consumidores no vulnerables.
-hasta el 75% del gasto subvencionable (incluido el IVA) para consumidores vulnerables.
-hasta el 100% del gasto subvencionable (incluido el IVA) para consumidores vulnerables severos.

Línea 2: hasta el 50 % del gasto subvencionable, con el límite máximo por abonado de 130 €.

Línea 3: hasta el 50% del gasto subvencionable, con el límite máximo por abonado de 95 €.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Toda persona física o entidad sin ánimo de lucro, con o sin personalidad jurídica, incluidas las comunidades de propietarios.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

• Línea 1. Instalación eléctrica interior de una vivienda, incluidas en su caso las instalaciones necesarias para adaptar la instalación interior a instalaciones de autoconsumo o puntos de recarga de vehículo eléctrico.
• Línea 2. Centralización de Contadores, línea general de alimentación y caja general de protección del edificio, incluyendo en su caso, las reformas necesarias para adaptar la centralización a futuras instalaciones de autoconsumo o puntos de recarga de vehículo eléctrico.
• Línea 3. Instalación eléctrica asociada a los servicios comunes del edificio.
• Línea 4. Instalación eléctrica interior del garaje.

Requisitos:

Podrán obtener la condición de beneficiario o entidad colaboradora las personas o entidades que se encuentren en la situación que fundamenta la concesión de la subvención o en las que concurran las circunstancias previstas en las bases reguladoras y en la convocatoria.

Documentos asociados

Boletín: 09/08/2023
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 153
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 16/03/2026
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 57
Documento: Convocatoria 2026 (Completa) Descargar Documento
Boletín: 24/03/2026
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 57
Documento: Convocatoria 2026 (Extracto) Descargar Documento