Subvenciones para la renovación de electrodomésticos, en régimen de concurrencia no competitiva, así como la selección de las entidades colaboradoras que participarán en su gestión.

Código de ayuda:

S08982/21

Norma:

RESOLUCIÓN de 16 de marzo de 2021.

Plazo de Solicitud:

Del 20 de abril de 2021 a las 9.00 y finalizará el 30 de septiembre de 2021 o cuando se agoten los fondos.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Estas bases tienen por objeto regular la concesión de subvenciones para la renovación de electrodomésticos en viviendas ubicadas en Galicia por parte de personas físicas que cumplan con los requisitos y condiciones establecidos en el articulado de esta resolución.

Categorías Subvención

  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Agencia Instituto Energético de Galicia (Galicia)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de las subvenciones las personas físicas que realicen alguna de las actuaciones establecidas en el artículo 3 de estas bases reguladoras en una vivienda sita en la Comunidad Autónoma de Galicia. Para ser beneficiario tendrá que tramitar su solicitud a través de alguna de las entidades colaboradoras adheridas que figuren en el listado que se publique en la página web del Inega, www.inega.gal.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Las actuaciones que se subvencionan son la renovación de electrodomésticos en viviendas sitas en la Comunidad Autónoma de Galicia que cumplan los siguientes requisitos:

Son subvencionables la renovación de electrodomésticos de las tipologías indicadas en la siguiente tabla por otros nuevos de la misma tipología y con etiqueta de clasificación energética establecidos en la misma tabla, según la clasificación vigente a partir de marzo de 2021 (Reglamento (UE) 2017/1369 del Parlamento Europeo y del Consejo). En el caso de las encimeras, es subvencionable la sustitución de la encimera preexistente de cualquier tecnología por otra nueva de inducción total (placas que tengan solamente tecnología de inducción, no mixtas). Para acceder a la subvención hay que entregar el electrodoméstico retirado a un gestor autorizado.


2. Con carácter general, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 29 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, se consideran gastos subvencionables aquellos que de manera indudable respondan a la naturaleza de la actividad subvencionable.

Los gastos subvencionables deberán estar realizados y efectivamente pagados dentro del plazo para la ejecución de la instalación establecido en el artículo 24 de las bases reguladoras.

En ningún caso el coste de adquisición de los gastos subvencionables podrá ser superior al valor del mercado ni el importe de la subvención superar el coste del equipo.

3. Las solicitudes para la renovación de electrodomésticos se presentarán a través de las entidades colaboradoras.

Documentos asociados

Boletín: 29/03/2021
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 59
Documento: Bases, Convocatoria 2021 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 29/03/2021
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 59
Documento: Convocatoria 2021 (Extracto) Descargar Documento