Subvenciones para la realización por parte de los centros privados concertados de Intercambios Escolares y Encuentros Bilaterales o Multilaterales de alumnos, que cursen enseñanzas escolares, con otras regiones de Europa.

Código de ayuda:

S11155/04

Norma:

Orden de 12 de abril de 2004.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 08/05/2004

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La realización por parte de los centros privados concertados de Intercambios Escolares y Encuentros Bilaterales o Multilaterales de alumnos de la Comunidad Autónoma de Cantabria, que cursen enseñanzas escolares, con otras regiones de Europa.

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Consejería de Educación y Formación Profesional (Cantabria)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

No más de 4.450 euros para cada Proyecto.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Los Centros privados concertados de la Comunidad Autónoma de Cantabria de Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato, Formación Profesional y Educación Especial que hayan justificado, al término del plazo de presentación de las solicitudes, los gastos correspondientes a las subvenciones oficiales recibidas con anterioridad cuyo plazo de justificación haya finalizado.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los Intercambios Escolares y Encuentros Bilaterales o Multilaterales susceptibles de recibir subvención deberán reunir las siguientes características:
a) El Intercambio Escolar y Encuentro Bilateral o Multilateral deberá basarse en un proyecto educativo conjunto, en el que se hará referencia a los aspectos culturales propios de nuestra Comunidad Autónoma y de la Región Europea en que se ubique el centro receptor.
b) La duración de la actividad fuera de la Comunidad Autónoma de los alumnos de Cantabria estará comprendida entre 5 y 15 días, incluidos los desplazamientos. Durante este tiempo, los alumnos deberán residir en los domicilios de los alumnos receptores, salvo circunstancias excepcionales que deberán ser justificadas.
c) El número de alumnos participantes oscilará entre un mínimo de 10 y un máximo de 40.
d) Los alumnos estarán acompañados durante los viajes y estancia por profesores del centro de procedencia, de acuerdo a la siguiente distribución:
- Entre 10 y 25 alumnos: dos profesores.
- Entre 26 y 40 alumnos: dos o tres profesores.
- Los grupos de alumnos de los Centros de Educación
Especial que deseen participar deberán ampliar la ratio profesor/alumno para asegurar la correcta atención del grupo de alumnos asistentes, haciendo constar detalladamente cuál es el nivel de competencias y necesidades de cada uno de los alumnos con discapacidad que participen en la actividad.
e) Será requisito imprescindible que el centro suscriba el oportuno seguro de accidentes y responsabilidad civil.

Requisitos:

No podrán tener la condición de beneficiarias aquellas entidades incursas en alguno de los supuestos contemplados en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 20/04/2004
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 76
Documento: Convocatoria Descargar Documento