Subvenciones para la realizacion por parte de las entidades privadas sin fines de lucro, de enseñanzas en el marco de la educacion para las personas adultas.

Código de ayuda:

S33637/09

Norma:

Orden EDU/37/2009, de 16 de abril.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 21/05/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establece las bases reguladoras y convoca subvenciones con el objeto de que las entidades privadas sin fines de lucro de la Comunidad Autónoma de Cantabria, legalmente constituidas, realicen actividades de enseñanza, en el marco de la educación para las personas adultas, durante el curso 2009/2010 (septiembre de 2009 a 30 de junio de 2010). En ningún caso las actividades deberán comenzar con posterioridad al 15 de octubre del año 2009.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración
  • Discapacidad / Personas con discapacidad
  • Educación y Ciencia
  • Formación
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Consejería de Educación y Formación Profesional (Cantabria)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Las subvenciones a conceder, cuyo importe global no podrá superar la cuantía de 64.595,00 euros, se abonarán de la siguiente manera: La cantidad de 25.838,00 euros se financiará con cargo a la aplicación presupuestaria 2009.09.05.324A.485 de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Cantabria para el año 2009, y el resto, 38.757,00 euros con cargo a la aplicación presupuestaria que corresponda en los presupuestos del año 2010.

La cuantía de las subvenciones con que se financie cada uno de los proyectos de actividades, estará determinada por las disponibilidades presupuestarias y en función de la ponderación de los criterios establecidos para la concesión. Esta cuantía no podrá superar la cantidad de 5.300 euros por proyecto.

El pago de las subvenciones estará condicionado a que los beneficiarios hayan justificado, al momento de realizar el mismo, las subvenciones recibidas con anterioridad cuyo plazo de justificación haya finalizado, así como al hecho de que se encuentren al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, con la Seguridad Social, o de cualquier otro ingreso de derecho público, o se haya dictado contra la persona beneficiaria resolución de procedimiento de reintegro, mientras no se satisfaga o se garantice la deuda de la manera prevista en la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.

El pago de las subvenciones se efectuará de la siguiente manera: el 40% con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Cantabria para el año 2009, una vez que, notificada la concesión de la subvención, se remita por el beneficiario el compromiso de ejecución del proyecto (anexo V) y, en su caso, la relación nominal provisional de destinatarios de la actividad en el plazo de quince días hábiles a partir del día siguiente al de la recepción de la notificación de la concesión de la subvención. La relación nominal definitiva de destinatarios de la actividad deberá ser remitida a la Consejería de Educación con anterioridad al 1 de noviembre de 2009. El 60% restante en el ejercicio presupuestario del año 2010, una vez justificado, al menos, el 40% del importe total del proyecto en el que se incluirá, al menos, el importe del 40% de la subvención percibida de la Consejería de Educación, estableciéndose como fecha límite para la justificación el 31 de marzo de 2010.

Toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la subvención y, podrá dar lugar a la modificación de la resolución de concesión.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Podrán acogerse a la presente convocatoria las entidades privadas sin fines de lucro que proyecten realizar las actividades descritas en el artículo primero, que a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, estén legalmente constituidas conforme a la Ley Orgánica 1/2002, del 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación.

No podrán tener la condición de beneficiarias aquellas entidades privadas sin fines de lucro incursas en algunas de las prohibiciones contempladas en el artículo 12 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Estas actividades tendrán como objetivo adquirir, actualizar, completar o ampliar las competencias básicas de la población adulta en general o posibilitar la adquisición de una cualificación profesional o mejorar las que se posean, atendiendo especialmente a personas o grupos que como consecuencia de desventajas educativas causadas por circunstancias personales, sociales, culturales o económicas necesiten un apoyo especial para desarrollar sus competencias, en particular a los que tienen dificultades para leer o escribir, a los que abandonaron pronto los estudios, a los desempleados de larga duración, a las personas que retoman el trabajo tras un largo periodo de ausencia, a las personas de edad avanzada, a los inmigrantes y a personas con discapacidad.

La percepción de esta subvención es compatible con cualesquiera otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de organismos públicos o privados, sin que el importe total de las ayudas recibidas pueda superar el coste de la actividad subvencionada.

No se subvencionarán gastos de inversiones en infraestructura, equipamiento (informático, audiovisual, etc.), ni gastos generales de funcionamiento de las entidades privadas sin ánimo de lucro solicitantes, sino exclusivamente los conceptos inherentes a las propias actividades.

A los efectos de lo previsto en el artículo 30 de la Ley 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria, se podrán subcontratar las actividades a las que se refiere la presente orden, hasta el 100% del importe presupuestado.

Documentos asociados

Boletín: 27/04/2009
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 79
Documento: Base, Convocatoria 2009 y Anexos Descargar Documento