Subvenciones para la realización en Aragón de eventos y actividades que promuevan, divulguen y difundan la ciencia, la investigación y el desarrollo tecnológico, durante el año 2025.
Código de ayuda:
S20855/25Norma:
ORDEN EMC/780/2025, de 26 de junio. ORDEN EMC/1428/2024, de 19 de noviembre.Plazo de Solicitud:
Hasta el 30 de julio de 2025.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Es objeto de esta Orden convocar las subvenciones para la realización durante el año 2025, de eventos y cualesquiera otras acciones realizadas en Aragón en las que se promueva, difunda y divulgue la cultura científica, la investigación y el desarrollo tecnológico proponiendo nuevas orientaciones que persigan elevar el interés de los sectores productivos por potenciar el talento emprendedor y la innovación creativa, en interés de la ciudadanía y de la sociedad, de conformidad con la Orden EMC/1428/2024, de 19 de noviembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de ciencia, investigación y transferencia del conocimiento ("Boletín Oficial de Aragón", número 233, de 29 de noviembre de 2024).Categorías Subvención
Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional
I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
Recursos Humanos
Localización del organismo gestor

Convoca:
Departamento de Empleo, Ciencia y Universidades (Aragón)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Investigadores / Centros tecnológicos / Centros de I+D
- Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza
Detalle beneficiarios:
Podrán tener la condición de personas beneficiarias de las subvenciones objeto de esta convocatoria las entidades que se enumeran a continuación, siempre que estén válidamente constituidas, que estén ubicadas o tengan su domicilio social en Aragón y cumplan con las condiciones establecidas en el artículo 3 del título preliminar de la Orden EMC/1428/2024 de 19 de noviembre:a) Las universidades públicas y privadas, los organismos públicos de investigación y cualquier centro de I+D+i dependiente de las Administraciones Públicas a través de sus centros, institutos y oficinas.
b) Las entidades con personalidad jurídica propia y sin ánimo de lucro que realicen tareas de intermediación entre los agentes del sistema cienciatecnología-empresa con el fin de dinamizar y fomentar las relaciones entre ellos.
c) Cualquier otra entidad, pública o privada, sin ánimo de lucro, tales como sociedades científicas, fundaciones, colegios profesionales y similares dotadas de personalidad jurídica propia con capacidad y actividad demostrada en actividades relacionadas con la I+D+i.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Se considerarán actuaciones subvencionables la realización de eventos y cualesquiera otras acciones realizadas en Aragón en las que se promueva, difunda y divulgue la cultura científica, la investigación, el desarrollo tecnológico, proponiendo nuevas orientaciones que persigan elevar el interés de los sectoresproductivos por potenciar el talento emprendedor y la innovación creativa, en interés de la ciudadanía y de la sociedad aragonesa en su conjunto.
Serán gastos subvencionables:
a) Gastos de personal contratado para la realización del evento o la actividad de divulgación objeto de la ayuda para la realización de tareas de organización, coordinación, difusión, etc.
b) Material fungible necesario para desarrollar la actividad subvencionada.
c) Otros gastos directamente derivados de la ejecución de la acción subvencionada y debidamente justificados que correspondan con alguno de los siguientes:
i. Desplazamientos y alojamientos. Los importes máximos que se podrán financiar serán los previstos en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón de servicio, para el grupo 2, de acuerdo con lo expuesto en la medida 93 del Plan de Racionalización del gasto, aprobado el 13 de septiembre de 2011.
ii. Colaboraciones externas para el desarrollo de la actividad (organización, coordinación, difusión, dinamización u otros relacionados con el objeto de la actividad).
iii. Gastos externos de difusión y publicidad de la actividad (medios de comunicación, páginas web, publicaciones, videos, contenido para redes sociales, campañas de difusión científica u otros…).
Documentos asociados
Boletín:
29/11/2024
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 233
Documento: Bases y Convocatoria Descargar Documento
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Boletín:
09/07/2025
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 130
Documento: Convocatoria 2025 (Completa) Descargar Documento
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Documento: Convocatoria 2025 (Completa) Descargar Documento
Boletín:
09/07/2025
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 130
Documento: Convocatoria 2025 (Extracto) Descargar Documento
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 130
Documento: Convocatoria 2025 (Extracto) Descargar Documento