Subvenciones para la realización de proyectos solidarios y de cooperación para el desarrollo en los ámbitos geográficos de atención prioritaria: Cochambamba en Bolivia y Kayes en Mali durante el año 2009

Código de ayuda:

S72882/09

Norma:

25 de noviembre de 2009, Palma de Mallorca.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 09/12/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regular las subvenciones para la realización de proyectos solidarios y de cooperación para el desarrollo en los ámbitos geográficos de atención prioritaria: Cochambamba en Bolivia y kayes en Mali, dentro del ámbito de las competencias del Área de Bienestar Social, Participación y Cultura del Ayuntamiento de Palma, durante el año 2009. Esta convocatoria se hace por régimen de concurrencia competitiva de acuerdo con la Ordenanza municipal.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Ayuntamiento de Palma de Mallorca (Islas Baleares)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Pueden ser entidades beneficiarias de estas subvenciones las personas jurídicas que cumplan los requisitos siguientes:

a) Estar legalmente constituidas e inscritas en el registro municipal de entidades ciudadanas y/o en el registro de entidades de la Comunidad Autónoma, con dos años de anterioridad a esta convocatoria.

b) Tener capacidad jurídica y de obrar.

c) No tener finalidad de lucro.

d) Tener como fines institucionales en sus estatutos la realización de proyectos o actividades relacionadas con la cooperación al desarrollo y/o con el fomento de la solidaridad con los pueblos.

e) Tener sede o delegación permanente y activa en el municipio de Palma.
A este efecto, se entiende como delegación permanente la que cuenta con personal y estructuras significativas para poder llevar a cabo el desarrollo de sus actividades.

f) Disponer de la organización y de la estructura técnica necesarias para garantizar el cumplimiento de los objetivos y acreditar la experiencia en cooperación y la capacidad operativa necesarias.

g) Haber justificado las subvenciones concedidas en convocatorias anteriores, siempre que no sean proyectos en ejecución.

h) Estar al corriente de las obligaciones fiscales con el Ayuntamiento de Palma y no estar sometidas a ningún procedimiento de reintegro de subvenciones públicas o ningún procedimiento sancionador iniciado por este motivo.

i) No incurrir en ninguna de las circunstancias previstas en el art. 6 de la Ordenanza Municipal de Subvenciones.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las actividades objeto de subvención se enmarcarán en alguna o varias de las siguientes metas:

- La satisfacción y la atención de necesidades básicas relacionadas con la salud, la nutrición, la educación, la vivienda, infraestructuras y servicios sociales y especialmente los incluidos en los objetivos del milenio.

- La potenciación de una economía productiva local, social y justa, así como el apoyo a la creación de pequeñas empresas, incluyendo subsidios a la producción y comercialización

- La formación profesional y ocupacional y la inserción laboral.

- El desarrollo social, la promoción y la defensa de los derechos humanos, refuerzo de la sociedad civil y el desarrollo democrático.

- La defensa, la protección y la mejora de la calidad de vida de los sectores más vulnerables de la población, como la infancia, la juventud, las mujeres, las personas refugiadas y las comunidades indígenas.

- La articulación o intercambio entre las comunidades e origen y la comunidad inmigrante, para facilitar la actuación en materia de desarrollo local, cuando se trata de proyectos en los que participen organizaciones de inmigrantes en Palma de Mallorca

- Los gastos indirectos hasta una cuantía máxima del 10% sobre el total subvencionado

Documentos asociados

Boletín: 28/11/2009
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 174
Documento: Bases y Convocatoria Descargar Documento