Subvenciones para la realizacion de proyectos solidarios y de cooperacion para el desarrollo durante el año 2010 y para la promocion de la coordinacion del tejido asociativo dedicado a la cooperacion al desarrollo.

Código de ayuda:

S22500/10

Plazo de Solicitud:

Hasta el 8 de mayo de 2010.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de estas bases es regular las subvenciones para la realización de proyectos solidarios y de cooperación para el desarrollo.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración
  • Formación

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Ayuntamiento de Palma de Mallorca (Islas Baleares)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Como norma general, la cuantía de la subvención solicitada en la modalidad a) no excederá de 75.000€ y la modalidad b) no excederá de 20.000€.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Entidades sociales sin ánimo de lucro.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Proyectos de cooperación para el desarrollo y el co-desarrollo en los países empobrecidos.

Los objetivos de estos tipos de proyectos son:

- La satisfacción y la atención de necesidades básicas relacionadas con la salud, la nutrición la educación básica, la vivienda, infraestructuras y servicios sociales y especialmente los incluidos entre los Objetivos de Desarrollo del Milenio, en sus objetivos 2, 4, 5 y 6.

- La potenciación de una economía productiva local, social y justa, así como el apoyo a la creación de pequeñas empresas e instrumentos microfinancieros siempre que se aporten estudios adecuados de tipo bancario, financiero y las condiciones de acceso a ellos por parte de los beneficiarios.

- La formación profesional y ocupacional y la inserción laboral en condiciones dignas de sectores vulnerables.

- El desarrollo social, la promoción y la defensa de los derechos humanos, refuerzo de la sociedad civil y el desarrollo democrático.

- La defensa, la protección y la mejora de la calidad de vida de los sectores más vulnerables de la población, como la infancia, la juventud, las mujeres, las personas refugiadas y las comunidades indígenas.

- La articulación o intercambio entre las comunidades de origen y la comunidad inmigrante, para facilitar la actuación en materia de desarrollo local, cuando se trata de proyectos de co-desarrollo.

b) Proyectos de educación, sensibilización y convivencia ciudadana.

Los objetivos de estos tipos de proyectos son:

- Estimular la solidaridad y la cooperación activa de la ciudadanía, especialmente entre la juventud.

- Realizar estudios, investigaciones para el desarrollo y la convivencia
plural en Palma, incorporando la educación para la paz y la interculturalidad
como ejes transversales.

- Generar vínculos, grupos de trabajo y coordinación entre las entidades de Palma y las de los países empobrecidos.

- Potenciar redes de comercio responsable, justo y solidario.

- Realizar acciones dirigidas a personas recién llegadas a Palma y a colectivos de procedencia de los países empobrecidos.

- Sensibilizar la sociedad en referencia a la situación de los países en vías
de desarrollo y de las personas llegadas de estos países, así como positivar las convivencias plurales a través de campañas, programas, proyectos, publicaciones, conferencias, cursos, etc.

- Potenciar la formación de recursos humanos especializados en los trabajos
de cooperación para el desarrollo y fomentar la participación de personas
voluntarias y profesionales.

- Formación de educadores, creación de materiales didácticos, creación de
exposiciones y otros materiales divulgativos que sirven para incorporar la paz y el diálogo intercultural como valores básicos de nuestra sociedad.

- Aumentar la sensibilización de la sociedad sobre las causas profundas de
las migraciones actuales y sus consecuencias sobre la sociedad de Palma.

c) Mediante esta convocatoria el Ajuntament de Palma quiere además, promover la coordinación de las entidades de cooperación al desarrollo desde el
convencimiento de que una articulación regulada y ordenada puede canalizar de
manera más eficaz los esfuerzos destinados a la sensibilización de la opinión
pública, estimular la formación y la toma de conciencia ciudadana sobre aquellos temas relacionados con la promoción de los derechos humanos, la construcción de la paz y la solidaridad internacional. Además, la interlocución de las instituciones públicas con federaciones facilita la comunicación permanente con las instituciones públicas en representación de las entidades coordinadas.

Requisitos:

a) Estar legalmente constituidas e inscritas en el Registro municipal de entidades ciudadanas y/o en el registro de entidades de la Comunidad Autónoma, con dos años de anterioridad a esta convocatoria.

b) Tener capacidad jurídica y de obrar.

c) No tener finalidad de lucro.

d) Tener como fines institucionales en sus estatutos la realización de proyectos o actividades relacionadas con la cooperación al desarrollo y/o con el fomento de la solidaridad con los pueblos.

e) Tener sede o delegación permanente y activa en el municipio de Palma.

A este efecto, se entiende como delegación permanente la que cuenta con personal y estructuras significativas para poder llevar a cabo el desarrollo de sus actividades.

f) Disponer de la organización y de la estructura técnica necesarias para garantizar el cumplimiento de los objetivos y acreditar la experiencia en cooperación y la capacidad operativa necesarias.

g) Haber justificado las subvenciones concedidas en convocatorias anteriores, siempre que no sean proyectos en ejecución.

h) Estar al corriente de las obligaciones fiscales con el Ajuntament de Palma y no estar sometidas a ningún procedimiento de reintegro de subvenciones públicas o ningún procedimiento sancionador iniciado por este motivo.

i) Estar al corriente de obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.

j) No incurrir en ninguna de las circunstancias previstas en el Art. 6 de la Ordenanza municipal de subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 08/04/2010
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 54
Documento: Bases y Convocatoria 2010. Descargar Documento