Subvenciones para la realizacion de proyectos de voluntariado en el marco del plan de sensibilizacion y voluntariado en la Red de Parques Nacionales, y centros y fincas adscritos al Organismo Autonomo Parques Nacionales.- Convocatoria 2015.

Código de ayuda:

S07728/12

Norma:

Orden AAA/486/2012, de 29 de febrero. Resolución de 31 de julio de 2012. Resolución de 7 de marzo de 2013. Resolución de 14 de febrero de 2014. Resolución de 13 de febrero de 2015.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 28/03/2015

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar la concesión de subvenciones, en régimen de publicidad, objetividad y concurrencia competitiva, para la realización de proyectos de voluntariado en la Red de Parques Nacionales, y centros y fincas adscritos al Organismo Autónomo Parques Nacionales, para el año 2015.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente ( España)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

En ningún caso el montante total de la subvención superará el 100% de los gastos en que el beneficiario haya acreditado haber incurrido en las actividades objeto de subvención.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las entidades y organizaciones no gubernamentales que cumplan los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Manutención, alojamiento y desplazamiento para los participantes durante el período de ejecución de las actividades.

b) Las cuantías destinadas a gastos de manutención, alojamiento y desplazamiento correspondientes a los participantes de las actividades subvencionadas no podrán superar las cantidades determinadas para el Grupo 3 en la Resolución de 2 de diciembre de 2005, de la Secretaría de Estado de Hacienda y Presupuestos, sobre indemnizaciones por razón del servicio. Los gastos de los vehículos de alquiler se justificarán mediante la aportación de tickets de combustible.

c) Seguro de responsabilidad civil general que otorgue efectiva cobertura a las responsabilidades civiles que pudieran derivarse de las actuaciones realizadas por la entidad. Deberá garantizar con el carácter de mínimos los siguientes capitales y coberturas: R.C.

Explotación: Límite general 300.000 euros.

R.C. Patronal: Límite por víctima 150.000 euros.

d) Seguro de accidentes que garantice las contingencias de incapacidad y fallecimiento de los participantes que intervengan en el proyecto, con unos capitales mínimos asegurados de 60.101 euros para ambas coberturas; así como cobertura de gastos médicos, sin franquicia y con un límite mínimo de 6.000 euros.

Tanto el seguro de responsabilidad civil como el de accidentes deben tener vigencia durante todo el período de ejecución de las actividades.

e) Gastos de gestión y administración: Solamente se subvencionarán los necesarios para la realización del proyecto, sin que en ningún caso puedan superar el 15% del coste total del proyecto.

f) Edición de materiales de difusión (publicaciones, folletos, carteles, etc.) siempre que se hayan incluido en el presupuesto del proyecto.

Los criterios para determinar la cuantía de la subvención serán:

a) Objetivos de la actividad a desarrollar.

b) Número de voluntarios participantes en la actividad.

c) Medio natural donde se desarrolle la actividad.

d) Duración del proyecto.

Requisitos:

a) Los establecidos en el artículo 8 de la Ley 6/1996, de 15 de enero, del Voluntariado.

b) No incurrir en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario de subvenciones enumeradas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

c) Estar legalmente constituidas al menos desde tres años antes de la fecha en que se publique la resolución de la convocatoria de la subvención.

d) Estar implantadas en al menos tres comunidades autónomas y haber desarrollado proyectos de voluntariado medioambiental durante los últimos tres años en al menos tres comunidades autónomas cada año. En el caso de proyectos de voluntariado a desarrollar en comunidades autónomas insulares, podrán ser beneficiarias, además, aquellas entidades y organizaciones no gubernamentales que hayan desarrollado proyectos de voluntariado medioambiental durante los últimos tres años en al menos tres Parques Nacionales.

e) Disponer de estructura, recursos propios y capacidad de gestión suficiente para garantizar el cumplimiento de los objetivos, acreditando la experiencia operativa necesaria para ello.

f) Disponer de suficientes recursos humanos con experiencia y formación adecuada en el desarrollo de actividades ambientales y con voluntarios.

Documentos asociados

Boletín: 12/03/2012
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Boletín: 15/08/2012
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