Subvenciones para la realización de proyectos de recuperación de la memoria democrática, desarrollados por municipios y demás entidades locales de la Comunidad Autónoma del País Vasco, para el año 2023.

Código de ayuda:

S38064/23

Norma:

RESOLUCIÓN de 16 de octubre de 2023.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 24 de noviembre de 2023.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Es objeto de la presente Resolución convocar, para el año 2023, las ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a subvencionar proyectos específicos dirigidos a la recuperación e impulso de la investigación local de la memoria y de la lucha por la democracia y la libertad en Euskadi desde la Guerra Civil hasta la actualidad. Igualmente, se subvencionarán actuaciones de conmemorativas de personas y acontecimientos, actuaciones de difusión y proyectos encaminados a la retirada de la simbología franquista.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Otras

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de la subvención no podrá exceder de diez mil (10.000) euros por proyecto, estableciéndose como cuantía máxima total a percibir por cada beneficiario la cantidad de veinte mil (20.000,00) euros. En cualquier caso, será requisito necesario que la entidad solicitante efectúe una aportación económica mínima del 50 % del costo total del proyecto para el desarrollo de las actividades objeto de la subvención, cuestión que se indicará en el presupuesto que se presentará con la solicitud, de conformidad con lo establecido en el artículo 11.2.b) de la presente convocatoria.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Podrán solicitar las ayudas objeto de la presente Resolución las siguientes entidades locales, siempre que ostenten competencias para desarrollar las actividades objeto de la presente convocatoria:

– Los municipios.

– Los concejos y cualesquiera otras entidades locales territoriales de ámbito inferior al municipio, conforme a la normativa foral existente en cada territorio y lo dispuesto en la legislación básica de régimen local.

Documentos asociados

Boletín: 24/10/2023
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 203
Documento: Bases Reguladoras y Convocatoria 2023 Descargar Documento