Subvenciones para la realización de proyectos de formación profesional y empleo en el seno de la empresa.

Código de ayuda:

S41737/21

Norma:

Orden 123/2021, de 30 de julio. Resolución de 05/10/2021. Orden 133/2022, de 4 de julio. Orden 12/2023, de 10 de enero. Orden 71/2023, de 29 de marzo. Resolución de 17/05/2023.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 30 de junio (Líneas 1 a 4). Hasta el 31 de octubre de 2023 (Línea 5).

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente resolución tiene por objeto efectuar la convocatoria para el ejercicio 2023 de las subvenciones
para la realización de proyectos dirigidos a las áreas formativas determinadas en esta convocatoria de entre las relacionadas con los sectores económicos estratégicos en Castilla-La Mancha calificados en el artículo 4 de la Ley 5/2020, de 24 de julio, de Medidas Urgentes para la Declaración de Proyectos Prioritarios en Castilla-La Mancha, correspondientes a la línea 5 de la Orden 123/2021, de 30 de julio.

La finalidad de estas subvenciones consiste en proporcionar itinerarios formativos conducentes a la obtención de certificados de profesionalidad o contenidos autorizados por la Dirección General de Formación Profesional para el Empleo para mejorar la inserción laboral de personas desempleadas, al tiempo que se desarrolla un trabajo efectivo relacionado con la formación recibida.

Categorías Subvención

  • Empleo
  • Formación
  • Recursos Humanos

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Consejería de Economía, Empresas y Empleo (Castilla-La Mancha)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Los créditos destinados a la presente convocatoria ascienden a un total de 9.894.213,40 € procedentes de los fondos finalistas (Fondo 60), de la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales y del Ministerio de Trabajo y Economía Social, que se imputarán a las partidas presupuestarias del presupuesto de gastos de los ejercicios 2023 y 2025 de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

a) Las agrupaciones de una entidad promotora y una o varias empresas adheridas, que presenten una solicitud conjunta, mediante un convenio que acredite la correspondiente agrupación.

b) En caso de que una entidad cumpla con las condiciones requeridas para ser entidad promotora y empresa
adherida, las agrupaciones de dicha entidad con otra u otras entidades adheridas, que presenten una solicitud conjunta, mediante un convenio que acredite la correspondiente agrupación.

c) En caso de que una entidad cumpla con las condiciones requeridas para ser entidad promotora y empresa
adherida, podrá presentar una solicitud de forma individual, en cuyo caso se sustituirá el convenio por una declaración responsable en la que consten los compromisos que asuma.

d) El alumnado participante en la fase de previa de formación tendrá derecho a la percepción de una beca en concepto de asistencia, en los términos recogidos en la presente orden.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Línea 1. Dual Verde. Proyectos dirigidos a la población de zonas escasamente pobladas, en riesgo de despoblación o intermedia agrícola, según la clasificación realizada por el Decreto 108/2021, de 19 de octubre, por el que se determinan las zonas rurales conforme a la tipología establecida en el artículo 11 de la Ley 2/2021 de 7 de mayo, de Medidas Económicas, Sociales y Tributarias frente a la Despoblación y para el Desarrollo del Medio Rural en Castilla-La Mancha.

2. Línea 2. Escuelas profesionales. Proyectos dirigidos a personas jóvenes inscritas en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.

3. Línea 3. Nuevas oportunidades. Proyectos dirigidos a personas mayores de 50 años.

4. Línea 4. Nuevo Crea. Proyectos dirigidos a personas con dificultades de inserción socio-laboral, que deberán acreditar debidamente su situación de pertenencia a alguno de los colectivos siguientes:

a) Personas con discapacidad con un grado igual o superior al 33 % reconocido como tal por los correspondientes servicios sociales competentes.

b) Personas víctimas de violencia de género y de violencia doméstica.

c) Personas víctimas de terrorismo.

d) Perceptores de Rentas Mínimas de Inserción, así como los miembros de la unidad de convivencia beneficiarios de ellas.

e) Personas que no puedan acceder a las prestaciones a las que se hace referencia en la letra d) por alguna de las siguientes causas:

1º. Falta del período exigido de residencia o empadronamiento, o para la constitución de la Unidad Perceptora.

2º. Haber agotado el período máximo de percepción legalmente establecido.

f) Menores internos incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores, cuya situación les permita acceder a un empleo y cuya relación laboral no esté incluida en el ámbito de aplicación de la relación laboral especial a que se refiere el artículo 53.4 del Reglamento de la citada Ley, aprobado por el Real Decreto 1774/2004, de 30 de julio, así como los que se encuentran en situación de libertad vigilada y los ex internos.

g) Jóvenes mayores de dieciocho años y menores de treinta, procedentes de Instituciones de Protección de
Menores.

h) Internos de centros penitenciarios cuya situación penitenciaria les permita acceder a un empleo y cuya relación laboral no esté incluida en el ámbito de aplicación de la relación laboral especial regulada en el artículo 1 del Real Decreto 782/2001, de 6 de julio, así como liberados condicionales y ex reclusos.

i) Personas con problemas de drogodependencia u otros trastornos adictivos que se encuentren en proceso de rehabilitación o reinserción social.

j) Personas procedentes de centros de alojamiento alternativo autorizados por la Comunidad Autónoma.

k) Personas procedentes de servicios de prevención e inserción social autorizados por la Comunidad Autónoma.

5. Línea 5. Sectorial. Proyectos dirigidos a las áreas formativas determinadas en la correspondiente convocatoria de entre las relacionadas con los sectores económicos estratégicos en Castilla-La Mancha calificados en el artículo 4 de la Ley 5/2020, de 24 de julio, de Medidas Urgentes para la Declaración de Proyectos Prioritarios en Castilla-La Mancha.”

Requisitos:

a) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, o en su caso en la Mutualidad de Previsión Social correspondiente, así como encontrarse al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones públicas.

b) No estar incursa la persona física, los administradores de las sociedades mercantiles o aquéllos que ostenten la representación legal de otras personas jurídicas, en ninguno de los supuestos de incompatibilidad que contempla la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha, o en aquellos regulados en la legislación electoral de aplicación.

c) No encontrarse incursa en ninguna de las otras circunstancias que determina el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

d) Cuando los beneficiarios se encuentren sujetos a la normativa de prevención de riesgos laborales, deben disponer de un plan de prevención de riesgos laborales, conforme a la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.

e) No haber sido sancionadas, en virtud de resolución administrativa o sentencia judicial firme, por la comisión de infracciones graves o muy graves en materia de prevención de riesgos laborales en el año inmediatamente anterior a la fecha de solicitud de la subvención.

f) No haber sido objeto de sanción por resolución administrativa firme o condenada por sentencia judicial firme por llevar a cabo prácticas laborales consideradas discriminatorias por la legislación vigente, salvo cuando se acredite haber cumplido con la sanción o la pena impuesta y haber elaborado un plan de igualdad o adoptado medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre mujeres y hombres, correspondiendo al órgano competente en materia igualdad dar su conformidad a dichas medidas.

g) No haber sido objeto de sanciones en firme por incumplimiento de condiciones especiales de ejecución de un contrato administrativo atinentes a la no discriminación por razón de sexo, constituyendo dicho incumplimiento infracción grave, salvo cuando se acredite haber cumplido con la sanción o la pena impuesta y haber elaborado un plan de igualdad o adoptado medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre mujeres y hombres, correspondiendo al órgano competente en materia de igualdad dar su conformidad a dichas medidas.

h) Disponer de instalaciones y recursos humanos suficientes que garanticen su solvencia técnica para desarrollar, en el ámbito territorial de Castilla-La Mancha, la actividad subvencionada, con sujeción a lo indicado por la normativa vigente en materia de formación profesional para el empleo en el ámbito laboral.

i) No haber sido sancionadas, mediante resolución firme, por infracción grave o muy grave en materia de formación profesional para el empleo, que conlleve la sanción accesoria de exclusión del acceso a subvenciones y ayudas, de acuerdo con lo establecido en el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto.

j) En el caso de las empresas adheridas, no podrán contratar alumnado participante en número superior a la media de la plantilla de la empresa durante los 5 años inmediatamente anteriores a la fecha de solicitud de la subvención.

k) En el caso de las empresas adheridas, su actividad laboral debe estar relacionada con el certificado de profesionalidad que se pretende impartir en la parte formativa asociada al contrato de formación y aprendizaje.

Documentos asociados

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