Subvenciones para la realización de proyectos anuales de cooperación al desarrollo en el año 2010.

Código de ayuda:

S64555/09

Norma:

ORDEN FORAL 291/2009, de 11 de septiembre.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 06/11/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El Departamento de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte convoca subvenciones para el año 2010 mediante las cuales se cofinanciarán con las Organizaciones No Gubernamentales de Navarra dedicadas al desarrollo (ONGD) proyectos anuales dirigidos a satisfacer de forma directa las necesidades fundamentales de las poblaciones desfavorecidas de los países en desarrollo.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Departamento de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deportes (Navarra)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía solicitada podrá oscilar entre 25.000 euros y 120.000 euros. Esta última cuantía podrá elevarse hasta 180.000 euros siempre y cuando exista el compromiso escrito de que si la solicitud fuese estimada
positivamente se presentará aval bancario como garantía una vez que haya sido notificada la concesión de la subvención.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Organizaciones No Gubernamentales de Navarra dedicadas al desarrollo (ONGD).

Requisitos:

a) Ser personas jurídicas de naturaleza privada, legalmente constituidas e inscritas, a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, en el Registro de Organizaciones No Gubernamentales de
Desarrollo de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID).

b) Tener su sede social o delegación permanente en el territorio de la Comunidad Foral de Navarra.

c) Tener estructura suficiente para garantizar el cumplimiento de sus fines sociales.

d) Contar con un socio o contraparte local en la zona donde se vaya a realizar el proyecto quien deberá ejecutar materialmente el mismo. Este socio deberá ser una persona jurídica de conformidad con la legislación del país beneficiario.

e) No podrán obtener la condición de beneficiaria de las subvenciones objeto de esta convocatoria las entidades en quienes concurra alguna de las circunstancias señaladas en el artículo 13.2 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.

f) Haber sido beneficiarias de subvenciones del Departamento de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte para Cooperación al Desarrollo o para Educación para el Desarrollo en al menos uno de los
últimos 5 años.

Documentos asociados

Boletín: 07/10/2009
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 124
Documento: Bases y Convocatoria 2009 Descargar Documento