Subvenciones para la realización de programas de cooperación y voluntariado sociales con cargo a la asignación tributaria del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.- Modificación.

Código de ayuda:

S05900/05

Norma:

Orden TAS/347/2005, de 17 de febrero. Orden SPI/3060/2010, de 19 de noviembre.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 02/04/2005

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La realización de programas de cooperación y voluntariado sociales, de interés general, encaminados a atender situaciones de necesidad y/o marginación de personas mayores de sesenta y cinco años, personas que sufran alguna discapacidad física, psíquica o sensorial, mujeres, familia, infancia y juventud, personas afectadas por problemas de drogodependencia, pueblo gitano, población reclusa y ex reclusa, refugiados y asilados, migrantes, víctimas del terrorismo, así como actuaciones integrales contra la exclusión social y para la erradicación de la pobreza y demás actuaciones de solidaridad social para cubrir necesidades de interés general.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración
  • Discapacidad / Personas con discapacidad
  • Inversiones Materiales y Equipos
  • Juventud
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales ( España)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Cruz Roja Española y las organizaciones no gubernamentales y entidades sociales que reúnan los requisitos.

No se entenderán incluidas dentro de la tipología de organizaciones no gubernamentales las entidades de derecho público, los partidos políticos, las universidades, las sociedades civiles, los colegios profesionales y otras entidades con análogos fines específicos y naturaleza que los citados anteriormente.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Programas para la infancia y la familia.
1.1 Programas de apoyo a familias en las que convivan personas en situación de dependencia.
1.2 Programas dirigidos a facilitar la compatibilidad entre la vida familiar y la vida laboral.
1.3 Programas de promoción de la calidad de vida infantil.
1.4 Programas de equipamientos residenciales para menores en situación de dificultad y/o conflicto social y programas experimentales para la aplicación de medidas alternativas al internamiento.
1.5 Programas de fomento de la acogida familiar de menores y de promoción de la adopción de niños con necesidades especiales.
1.6 Programas para la prevención y atención del maltrato y explotación infantil.
1.7 Programas de intervención en familias que se encuentran en situaciones de especial dificultad.
1.8 Programas de orientación y/o mediación familiar.

2. Programas para jóvenes.
2.1 Actuaciones integrales que ayuden a conseguir la emancipación de los jóvenes, aumentando su grado de autonomía personal y su integración social.
2.2 Actuaciones que promuevan la convivencia entre los jóvenes a través de la educación en valores y los hábitos de vida saludable.
2.3 Actuaciones que contribuyan a la promoción de la participación social de los jóvenes.

3. Programas para mujeres.
3.1 Programas dirigidos a conseguir la inserción social de las mujeres que se encuentran en situación o en riesgo de exclusión social.
3.2 Programas dirigidos a favorecer la incorporación de las mujeres al mundo laboral.
3.3 Programas dirigidos a prevenir y erradicar la violencia contra las mujeres, en todas sus manifestaciones: violencia de género, tráfico con fines de explotación sexual (prostitución) y delitos contra la libertad sexual.

4. Programas para personas mayores.
4.1 Programas de atención personal, atención nocturna, respiro familiar y apoyo a familias y adaptación de la vivienda.
4.2 Programas de promoción y adecuación de plazas para personas dependientes en centros gerontológicos de estancia permanente.
4.3 Programas de atención diurna.

5. Programas para personas con discapacidad.
5.1 Programas para la vida autónoma y la integración social de las personas con discapacidad, especialmente de aquellas que están en situación de dependencia.
5.2 Centros de atención diurna, Centros residenciales y viviendas tuteladas o de convivencia.
5.3 Programas de atención nocturna, respiro familiar y apoyo a familias que tienen a su cargo personas con discapacidad.

6. Programas para personas con problemas de drogodependencia.
6.1 Programas de apoyo al mantenimiento de los recursos asistenciales y de reinserción sociolaboral.
6.2 Programas de prevención en entornos vulnerables al consumo de drogas.

7. Programas para el pueblo gitano.
7.1 Programas de inserción laboral.
7.2 Programas de inserción social.

8. Programas para migrantes, solicitantes de asilo, refugiados y desplazados.
8.1 Programas de acogida.
8.2 Programas de retorno y reasentamiento.
8.3 Programas de asistencia a emigrantes españoles retornados.

9. Programas para personas afectadas por el VIH/SIDA.
9.1 Programas de apoyo a pacientes y familias con personas afectadas por el VIH/SIDA.
9.2 Programas de creación y mantenimiento de casas de acogida.
9.3 Programas de creación y mantenimiento de alojamientos o pisos de inserción social.

10. Programas para personas reclusas y ex reclusas.
10.1 Programas de atención sanitaria y rehabilitación de internos drogodependientes, enfermos de SIDA y de otras enfermedades y con discapacidad.
10.2 Programas para la integración social y la inserción laboral de internos y liberados condicionales.
10.3 Programas para la colaboración en el cumplimiento de medidas alternativas a la prisión.
10.4 Programas para la atención de colectivos específicos.

11. Programas para la inclusión social.
11.1 Programas integrales plurianuales dirigidos a las personas en situación o en riesgo de exclusión social.
11.2 Programas integrales destinados a la incorporación social de personas sin hogar.
11.3 Programas integrales dirigidos a la población rural desfavorecida.
11.4 Programas de acceso al empleo para personas en situación o en riesgo de exclusión.
11.5 Programas destinados a facilitar el acceso a las tecnologías de la información y comunicación a las personas excluidas o en riesgo de exclusión.

12. Programas para la promoción del voluntariado.
12.1 Programas de sensibilización.
12.2 Programas de apoyo al voluntariado.

13. Fondo destinado a paliar situaciones de emergencia social.

Todos los programas, salvo los Programas integrales plurianuales contemplados en el apartado 11.1 de este artículo, tendrán carácter anual.
También podrán subvencionarse con carácter plurianual, programas que estén dirigidos a las personas dependientes y a sus familias, siempre y cuando concurran determinadas circunstancias.

Serán subvencionables los gastos siguientes:
a) Gastos corrientes:
Personal.
Mantenimiento y actividades.
Dietas y gastos de viaje.
b) Gastos de inversión:
Adquisición de inmuebles.
Obras.
Equipamiento.
c) Gastos de gestión y administración.

Requisitos:

a) Estar legalmente constituidas y debidamente inscritas en el correspondiente Registro administrativo.
b) Tener ámbito estatal de actuación según su título constitutivo que les habilite para desarrollar programas de carácter estatal, o aquellas otras organizaciones o entidades que propongan programas que se han de ejecutar en sus respectivos ámbitos territoriales, relacionados directamente con los contemplados en el artículo 2 de la presente convocatoria, siempre que acrediten documentalmente que cumplen los requisitos exigidos por las correspondientes normas autonómicas para ser beneficiarias de subvenciones.
c) Carecer de fines de lucro. A estos efectos se considerarán también entidades sin fines de lucro aquéllas que desarrollen actividades de carácter comercial, siempre que los beneficios resultantes de las mismas se inviertan en su totalidad en los fines sociales previstos en el artículo 3 del Real Decreto 195/1989, de 17 de febrero.
d) Tener como fines institucionales primordiales la realización de alguna o algunas de las actividades a las que se refiere el artículo 1 de la presente convocatoria.
e) Hallarse al corriente de las obligaciones tributarias y de seguridad social.
f) Haber justificado, en su caso, suficientemente las ayudas económicas recibidas con anterioridad del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales (antes, Ministerio de Asuntos Sociales).
g) Disponer de la estructura suficiente para garantizar el cumplimiento de sus objetivos, acreditando la experiencia operativa necesaria para ello.
h) Cumplir el resto de requisitos que, para obtener la condición de beneficiario de subvenciones, exigen los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
i) Para presentar solicitud de subvención para el desarrollo de los programas integrales plurianuales dirigidos a las personas en situación o en riesgo de exclusión social, además de reunir los requisitos anteriores, deberán cumplir los siguientes requisitos:
Ser entidades «generalistas», es decir, que hayan sido subvencionadas en la anterior convocatoria de subvenciones con cargo a la asignación tributaria del IRPF en, al menos, 10 de los colectivos previstos en el artículo 2 de esta Orden.
Estar constituida legalmente al menos con 15 años de anterioridad a la fecha de publicación de la presente convocatoria.
Contar con implantación territorial en más de 10 Comunidades Autónomas.
Como mínimo, el 75 % del personal que participe en el desarrollo de los programas deberá estar vinculado a la entidad mediante contrato de trabajo indefinido.
j) Para presentar solicitud de subvención para el desarrollo de programas plurianuales dirigidos a personas dependientes y a sus familias, además de reunir los requisitos recogidos en los apartados a) a h) de este artículo, deberán cumplir los siguientes requisitos:
Tener como fines institucionales primordiales la atención a las personas mayores y/o a las personas con discapacidad.
Haber sido subvencionadas en la anterior convocatoria de subvenciones con cargo a la asignación tributaria del IRPF en el colectivo de personas mayores o en el de personas con discapacidad con más de 850.000 euros.
Estar constituida legalmente con más de 10 años de anterioridad a la fecha de publicación de la presente convocatoria.
Contar con implantación territorial en al menos 10 Comunidades Autónomas.
Como mínimo, el 75 % del personal que participe en el desarrollo de los programas deberá estar vinculado a la entidad mediante contrato de trabajo indefinido.

Documentos asociados

Boletín: 21/02/2005
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Documento: Bases y Convocatoria Descargar Documento
Boletín: 21/02/2005
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Documento: Modificación Descargar Documento