Subvenciones para la realizacion de programas de cooperacion y voluntariado sociales con cargo a la asignacion tributaria del Impuesto sobre la Renta de las Personas Fisicas.- Convocatoria 2011.

Código de ayuda:

S27237/11

Norma:

Orden SPI/1191/2011, de 6 de mayo.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 21/06/2011

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la realización de programas de cooperación y voluntariado sociales, de interés general, encaminados a atender situaciones de necesidad y/o marginación de personas mayores de sesenta y cinco años, personas con discapacidad,
mujeres, familia, infancia y juventud, personas afectadas por problemas de drogodependencia, pueblo gitano, población reclusa y ex reclusa, refugiados y asilados, migrantes, víctimas del terrorismo, personas afectadas por el VIH/SIDA, así como actuaciones integrales contra la exclusión social y para la erradicación de la pobreza y demás actuaciones de solidaridad social para cubrir necesidades de interés general.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Igualdad ( España)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

La Cruz Roja Española y las entidades sociales u organizaciones no gubernamentales que reúnan los requisitos establecidos.

También podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las agrupaciones de organizaciones, sin personalidad jurídica.

Para esta convocatoria, igualmente serán beneficiarios de estas subvenciones aquellas organizaciones o entidades, independientemente del ámbito de actuación que figure en sus estatutos, que presenten programas o proyectos de inversión, cualquiera que fuera su ámbito territorial, que hayan sido financiados en convocatorias anteriores y estén pendientes de conclusión.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Programas para la infancia y la familia.

1.1 Programas dirigidos a facilitar la conciliación entre la vida laboral, familiar y personal.

1.2 Programas de promoción de la calidad de vida infantil y protección de los derechos de la infancia.

1.3 Programas de equipamientos residenciales para menores en situación de dificultad y/o conflicto social y programas para la ejecución de medidas en medio abierto.

1.4 Programas de fomento de la acogida familiar de menores y de promoción de la adopción de niños/as con necesidades especiales.

1.5 Programas para la prevención y atención del maltrato y explotación infantil.

1.6 Programas de intervención en familias que se encuentran en situaciones de especial dificultad.

1.7 Programas de orientación y/o mediación familiar y Puntos de Encuentro Familiar.

1.8 Programas de educación familiar y parentalidad positiva.

2. Programas para jóvenes.

2.1 Actuaciones integrales que ayuden a conseguir la emancipación de los y las jóvenes, aumentando su grado de autonomía personal y su integración social.

2.2 Actuaciones que promuevan la convivencia y la igualdad entre los y las jóvenes a través de la educación en valores.

2.3 Actuaciones que contribuyan a la promoción de la participación social de los y las jóvenes y al desarrollo de actividades de ocio y tiempo libre.

2.4 Actuaciones que fomenten la adquisición de hábitos de vida saludable.

3. Programas para mujeres.

3.1 Programas dirigidos a conseguir la inserción social de las mujeres que se encuentran en situación o en riesgo de exclusión social.

3.2 Programas dirigidos a favorecer la incorporación de las mujeres al mundo laboral.

3.3 Programas dirigidos a prevenir y erradicar la violencia contra las mujeres, en todas sus manifestaciones: violencia de género, tráfico con fines de explotación sexual (prostitución) y delitos contra la libertad sexual.

4. Programas para personas mayores.

4.1 Programas de atención personal, atención nocturna, servicios de respìro y apoyo a familias y adaptación de la vivienda.

4.2 Programas de promoción y adecuación de plazas para personas mayores con dependencia en residencias de personas mayores.

4.3 Programas de atención diurna y nocturna.

5. Programas para personas con discapacidad.

5.1 Programas para la promoción de la autonomía personal, la adaptación de viviendas y la integración social de las personas con discapacidad.

5.2 Centros de atención diurna, centros residenciales y viviendas tuteladas o de convivencia.

5.3 Programas de atención nocturna, servicios de respiro y apoyo a familias que tienen a su cargo personas con discapacidad.

6. Programas para personas con problemas de drogodependencia.

6.1 Programas de apoyo al mantenimiento de los recursos asistenciales y de reinserción sociolaboral.

6.2 Programas de prevención en entornos vulnerables al consumo de drogas, especialmente de alcohol en los menores, que precisen de intervenciones específicas dirigidas a la promoción de estilos de vida saludable.

7. Programas para el pueblo gitano.

7.1 Programas de inserción laboral.

7.2 Programas de inserción social.

8. Programas para personas migrantes, solicitantes de asilo y otras personas con protección internacional.

8.1 Programas de orientación, información y acogida integral.

8.2 Programas de reagrupación familiar y retorno voluntario.

8.3 Programas de movilidad geográfica.

8.4 Programas de asistencia a emigrantes españoles retornados.

9. Programas para personas afectadas por el VIH/SIDA.

9.1 Programas de apoyo a personas afectadas por el VIH/SIDA.

9.2 Programas de creación y mantenimiento de alojamientos de acogida y/o de inserción social.

10. Programas para las personas reclusas, ex reclusas y sometidas a medidas alternativas.

10.1 Programas de atención sanitaria y rehabilitación de internos drogodependientes, enfermos de sida y de otras enfermedades y con discapacidad.

10.2 Programas para la inserción social de los internos en el medio abierto y los liberados condicionales.

10.3 Programas para la integración social y la inserción laboral de internos en régimen cerrado.

10.4 Programas para la colaboración en el cumplimiento de penas y medidas alternativas a la prisión.

10.5 Programas para la atención de colectivos específicos.

11. Programas para la inclusión social.

11.1 Programas integrales dirigidos a las personas en situación o en riesgo de exclusión social.

11.2 Programas integrales destinados a la incorporación social de personas sin hogar y sin alojamiento digno.

11.3 Programas integrales dirigidos a la población rural desfavorecida.

11.4 Programas de acceso al empleo para personas en situación o en riesgo de exclusión.

11.5 Programas destinados a facilitar el acceso a las tecnologías de la información y comunicación a las personas excluidas o en riesgo de exclusión.

12. Programas para la promoción del voluntariado.

12.1 Programas de sensibilización.

12.2 Programas de apoyo al voluntariado.

13. Fondo destinado a paliar situaciones de emergencia social.

Todos los programas citados anteriormente tendrán carácter anual. Podrán subvencionarse con carácter plurianual:

a) Los programas integrales a que se refiere el punto 11, apartado 1, de este artículo cuando concurran las siguientes circunstancias:

Que la entidad solicitante manifieste su interés por esta posibilidad en la solicitud.

Que la entidad cumpla los requisitos establecidos en el apartado 4 del artículo 3 de esta orden.

b) Los programas dirigidos a las personas dependientes y a sus familias cuando concurran las siguientes circunstancias:

Que se trate de programas de los relacionados en este artículo para el colectivo de personas mayores o de personas con discapacidad.

Que la entidad solicitante manifieste su interés por esta posibilidad en la solicitud.

Que la entidad cumpla los requisitos establecidos en el apartado 5 del artículo 3 de esta orden.

Los programas plurianuales tendrán una duración de tres años.

Requisitos:

a) Estar legalmente constituidas y debidamente inscritas en el correspondiente registro administrativo dentro del plazo de presentación de las solicitudes de subvención.

b) Carecer de fines de lucro. A estos efectos se considerarán también entidades sin fines de lucro aquéllas que desarrollen actividades de carácter comercial, siempre que los beneficios resultantes de las mismas se inviertan en su totalidad en los fines sociales previstos en el artículo 3 del Real Decreto195/1989, de 17 de febrero, modificado por el Real Decreto 599/2007, de 4 de mayo.

c) Tener como fines institucionales primordiales la realización de alguna o algunas de las actividades a las que se refiere el artículo 1 de la presente orden.

d) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.

e) Haber justificado, en su caso, suficientemente las ayudas económicas recibidas con anterioridad de los entonces Ministerio de Sanidad y Política Social, Ministerio de Educación, Política Social y Deporte y Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales (antes, Ministerio de Asuntos Sociales).

f) Disponer de la estructura suficiente para garantizar el cumplimiento de sus objetivos, acreditando la experiencia operativa necesaria para ello.

- Las entidades que soliciten subvenciones para programas integrales plurianuales dirigidos a las personas en situación o en riesgo de exclusión social, además de reunir los requisitos recogidos en el punto 1 de este artículo, deberán cumplir los siguientes:

Ser entidades «generalistas», es decir, que hayan sido subvencionadas en la anterior convocatoria de subvenciones con cargo a la asignación tributaria del IRPF en, al menos, 8 de los colectivos previstos en el artículo 2 de esta orden.

Estar constituidas legalmente al menos con 10 años de anterioridad a la fecha de publicación de la presente convocatoria.

Como mínimo, el 75% del personal que participe en el desarrollo de los programas deberá estar vinculado a la entidad mediante contrato de trabajo indefinido.

- Las entidades que soliciten subvenciones para programas plurianuales dirigidos a personas dependientes y a sus familias, además de reunir los requisitos recogidos en el punto 1 de este artículo, deberán cumplir los siguientes:

Tener como fines institucionales primordiales la atención a las personas mayores y/o a las personas con discapacidad.

Haber sido subvencionadas en la anterior convocatoria de subvenciones con cargo a la asignación tributaria del IRPF en el colectivo de personas mayores o en el de personas con discapacidad con más de 700.000 euros.

Estar constituidas legalmente con más de 10 años de anterioridad a la fecha de publicación de la presente convocatoria.

Como mínimo, el 75% del personal que participe en el desarrollo de los programas deberá estar vinculado a la entidad mediante contrato de trabajo indefinido.

- No podrán ser beneficiarios de las subvenciones reguladas en la presente norma las entidades en las que concurra alguna de las circunstancias contenidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

Documentos asociados

Boletín: 12/05/2011
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 113
Documento: Bases, Convocatoria 2011 y Anexos. Descargar Documento