Subvenciones para la realización de prácticas en el Museo ICO.

Código de ayuda:

S58391/19

Norma:

Orden ECE/1104/2019, de 25 de octubre. Resolución de 3 de febrero de 2020.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 23 de marzo de 2020.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 3.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Prácticas formativas en el Museo ICO con el fin de capacitar a la persona becada en el área de la museografía, a través de la formación, la orientación profesional y las prácticas directas en el campo de la museografía y la conservación.

Categorías Subvención

  • Becas
  • Educación y Ciencia

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Economía, Comercio y Empresa ( España)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

a) Asignación mensual máxima de 1.000 €.

b) Bolsa de 3.000 € como máximo en cada convocatoria, para la realización de cursos y la asistencia a conferencias, previamente aprobadas por el Responsable del Área.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Los que cumplan los requisitos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

El régimen de la beca constará de actividades o prácticas formativas con el fin de capacitar a la persona becada en el área de la museografía, a través de la formación, la orientación profesional y las prácticas directas en el campo de la museografía y la conservación, sin que en ningún caso pueda ejercer el becario funciones propias del personal laboral.

La formación planteada se estructura a tres niveles: formación teórica, con la asistencia a conferencias, cursos y seminarios y la elaboración de informes sobre los mismos; conservación de obras de arte, colaborando en el registro e inventario de las Colecciones ICO; y organización de exposiciones, realizando funciones de asistente durante todo el proceso.

Requisitos:

a) Nacionalidad: podrán solicitar la beca aquellas personas que ostenten la nacionalidad española.

b) La edad mínima y máxima para solicitar la ayuda, a la fecha de la publicación de la convocatoria anual, son 22 y 26 años, respectivamente.

c) Estudios: Se requiere estar en posesión de título de grado o licenciado en Historia del Arte, todo ello sin perjuicio de las concreciones posteriores que competan a la oportuna convocatoria en la que se determinarán los requisitos adicionales exigidos relativos a titulaciones de estudios requeridos, nota mínima del expediente académico, forma de acreditar el conocimiento de lenguas y otros cursos en materia exclusivamente de Museología, Museografía, Gestión Cultural y «Community Management».

Los títulos obtenidos fuera de España serán admitidos siempre y cuando estén homologados o cuenten con la declaración de equivalencia otorgada por el Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. Para los títulos otorgados en España se aceptará, a falta de los títulos oficiales más arriba mencionados, una certificación supletoria provisional o el documento justificativo de haber solicitado el título junto con un certificado de notas que diga de forma expresa que el candidato ha concluido los estudios conducentes a ellos, ambos documentos debidamente compulsados.

d) Conocimiento de inglés: se deberá acreditar documentalmente el nivel de inglés mediante título en el que figure el equivalente del Marco Común Europeo de Referencia (mínimo nivel B2).

e) No encontrarse incurso en ninguna de las circunstancias que prohíben la obtención de la condición de beneficiario recogidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

f) En todo caso, las correspondientes convocatorias anuales y de acuerdo a lo establecido en estas bases, concretarán los requisitos para la obtención de la beca y las obligaciones inherentes a su disfrute.

Documentos asociados

Boletín: 07/11/2019
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 268
Documento: Bases Reguladoras 2019 Descargar Documento
Boletín: 03/03/2020
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 54
Documento: Convocatoria 2020 Descargar Documento
Boletín: 03/03/2020
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 54
Documento: Modificación Descargar Documento