Subvenciones para la realización de la experiencia piloto del Programa de Aprendizaje para la Profesionalización (APP) destinado a personas en situación de desempleo y en riesgo de exclusión social y laboral (SOC-Programa APP).

Código de ayuda:

S49928/19

Norma:

ORDEN TSF/170/2019, de 29 de agosto. RESOLUCIÓN TSF/2445/2019, de 19 de septiembre.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 30 de octubre de 2019.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Esta Resolución tiene por objeto abrir la convocatoria, para el año 2019, para la presentación de solicitudes de subvenciones para la realización de la experiencia piloto del Programa de Aprendizaje para la Profesionalización (APP) destinado a personas en situación de desempleo y en riesgo de exclusión social.

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia
  • Empleo
  • Formación

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias (Cataluña)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

a) Los ayuntamientos o sus organismos autónomos o las entidades con competencia en materia de políticas
activas de empleo, desarrollo local y de promoción de empleo, dependientes o vinculadas a aquellos,
correspondientes a los municipios de más de 100.000 habitantes y de entre 20.000 y 25.000 habitantes.

Estas entidades podrán ejecutar las actuaciones indicadas en los apartados a) y c) de la base 2.1 de este anexo.

La resolución de convocatoria indicará la fecha de referencia que se ha tenido en cuenta para determinar el número de habitantes de los municipios y las entidades que podrán ser beneficiarias.

b) Los centros y las entidades de formación acreditados para impartir la formación vinculada a los certificados de profesionalidad, de acuerdo con la normativa reguladora del subsistema de formación profesional para el empleo y la de los certificados de profesionalidad para la actuación indicada en el apartado a) de la base 2.1 de este anexo. Para esta actuación también podrán ser entidades beneficiarias las empresas que dispongan de autorización y/o acreditación para impartir la formación vinculada a los certificados de profesionalidad.

A los efectos de esta Orden, cualquier referencia a entidades formativas hará remisión a las entidades
beneficiarias que se prevén en el apartado b) de la base 3.1 de este anexo.

c) Las empresas, así definidas en el derecho mercantil, las sociedades civiles privadas y las entidades e
instituciones sin ánimo de lucro, para la realización de la actuación de experienciación laboral mediante un contrato de trabajo prevista en el apartado b) de la base 2.1 de este anexo.

No podrán ser beneficiarias de las subvenciones previstas en esta Orden las empresas de trabajo temporal, los centros especiales de trabajo y las empresas de inserción.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Formación

b) Experienciación laboral mediante contrato de trabajo

c) Acompañamiento en el proceso de aprendizaje.

Documentos asociados

Boletín: 02/09/2019
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 7951
Documento: Bases Reguladoras 2019 Descargar Documento
Boletín: 30/09/2019
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 7970
Documento: Convocatoria 2019 Descargar Documento