Subvenciones para la realización de intervenciones sociales y económicas en países en desarrollo.

Código de ayuda:

S32782/20

Norma:

ORDEN FORAL 85E/2020, de 4 de junio.ORDEN FORAL 171E/2021, de 16 de abril.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 14 de junio de 2021.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El Departamento de Derechos Sociales convoca subvenciones para los años 2021, 2022 y 2023 mediante las cuales se financiarán intervenciones sociales y económicas realizadas por Organizaciones No
Gubernamentales de Navarra de Desarrollo (en adelante ONGD), Universidades y otros agentes de cooperación, a favor de las poblaciones desfavorecidas y vulnerables de los países en desarrollo. Estas intervenciones propuestas por las entidades navarras y llevadas a cabo en colaboración con sus interlocutores en esos países, tendrán como finalidad la lucha contra la pobreza y la promoción del desarrollo humano sostenible.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Consejería de Derechos Sociales (Navarra)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Las cuantías máximas solicitadas por intervención, y en su caso año, serán las siguientes:

- Modalidad A): 35.000 euros.

- Modalidad B): 110.000 euros.

- Modalidad C): 200.000 euros para cada año.

- Modalidad D): 40.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Para ser beneficiarias de las subvenciones objeto de esta convocatoria las Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD) y los Agentes de Cooperación que concurran a la modalidad D), deberán cumplir requisitos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Modalidad A) Microacciones de desarrollo: son intervenciones que tienen por objeto las inversiones en bienes de equipo u otro tipo de adquisiciones que se incorporan a un proyecto de desarrollo, o la realización de actuaciones de dimensión temporal y económica de menor envergadura que éste.

Modalidad B) Proyectos de desarrollo: son intervenciones tendentes a la mejora de las condiciones de vida de la población, a través del apoyo económico, la capacitación de los actores, la defensa de los derechos
humanos, la incidencia política, etc. diseñadas con un horizonte temporal de un año, aunque pudieran prolongarse en el tiempo en fases futuras.

Modalidad C) Programas de desarrollo: son intervenciones de carácter integral o de amplio impacto en el área o zona de actuación, que buscan lograr efectos de mayor continuidad y sostenibilidad en la misma y que implican más de un año de ejecución.

Modalidad D) Proyectos de Cooperación Técnica: son intervenciones de asesoramiento que un equipo técnico mayoritariamente formado por miembros de la Entidad Solicitante realiza en un país socio y cuya finalidad es promover el refuerzo de las capacidades de personas y organizaciones implicadas directa o indirectamente en el desarrollo endógeno de los países en desarrollo, mediante el asesoramiento técnico, formación, capacitación y la investigación aplicada, y todo ello mediante el intercambio y transferencia de conocimiento entre profesionales y expertos de los actores de cooperación.

Requisitos:

A las modalidades A, B y C podrán concurrir únicamente ONGD; a la modalidad D (Cooperación Técnica) además podrán concurrir los Agentes de Cooperación señalados en el III Plan Director de la Cooperación Navarra.

Para ser beneficiarias de las subvenciones objeto de esta convocatoria las Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD) y los Agentes de Cooperación que concurran a la modalidad D), deberán cumplir los siguientes requisitos:

a) Ser persona jurídica legalmente constituida de conformidad con su naturaleza jurídica. En el caso de adoptar la forma de Organización No Gubernamental de Desarrollo deberá estar inscrita, a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, en el Registro de Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID).

b) Tener delegación permanente en el territorio de la Comunidad Foral de Navarra, salvo que tuvieran la consideración de Organismo Internacional.

c) Contar con un socio o contraparte local en la zona donde se vaya a realizar la intervención, que deberá ejecutar materialmente la misma. Este socio deberá ser una persona jurídica de conformidad con la legislación del país beneficiario.

d) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, frente a la Seguridad Social o de pago de obligaciones por reintegro de deudas a favor de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra o sus Organismos Autónomos.

e) No haber sido sancionadas mediante resolución firme con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones conforme a lo previsto en la legislación en materia de igualdad entre mujeres y hombres, en la Ley Foral de Subvenciones o en la legislación general tributaria.

f) No estar incursas en el resto de prohibiciones que, para obtener la condición de beneficiario de subvenciones, se establecen en el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.

g) Además podrán concurrir las agrupaciones, con o sin personalidad jurídica propia, de dos o más entidades, y podrán acceder a la condición de entidades beneficiarias, en los términos previstos en los apartados 2 y 3 del artículo 8 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.

En tal caso, cada una de las entidades agrupadas deberá reunir todos los requisitos anteriores.

Documentos asociados

Boletín: 03/07/2020
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 146
Documento: Bases, Convocatoria 2020 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 24/05/2021
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 120
Documento: Bases, Convocatoria 2021 y Anexos Descargar Documento