Subvenciones para la realizacion de estudios de mejora en los medios de comunicacion en euskera (HEHOBA 2007).

Código de ayuda:

S70519/07

Norma:

ORDEN de 31 de octubre de 2007.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 20/12/2007

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La realización de estudios de mejora en los medios de comunicación íntegramente en euskera.

Tales estudios de mejora han de contemplar obligatoriamente los siguientes aspectos:

a) Reflexión estratégica sobre el medio de comunicación.

b) Estudio de mercado correspondiente al medio de comunicación.

c) Identificación de propuestas de mejora dirigidas al medio de comunicación.

d) Viabilidad y potencialidad de nuevas líneas de actuación del medio de comunicación.

e) Diagnóstico de la relación entre el receptor potencial y el posicionamiento del medio de comunicación.

f) Desarrollo de la propuesta de crecimiento de financiación propia del medio de comunicación.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Audiovisual, Prensa y Publicaciones

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Cultura y Política Lingüística (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

165.000 € de dotación presupuestaria.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

1.- Estos son, ordenados por grupos, los medios de comunicación y publicaciones periódicas que podrán ser objeto de subvención:

Grupo A: prensa diaria impresa íntegramente en euskera: diarios que se distribuyen en todo el ámbito geográfico del euskera y diarios que se distribuyen en determinados municipios o comarcas.

Grupo B: revistas impresas íntegramente en euskera.

- Subgrupo B1: revistas de información general o revistas especializadas (pensamiento, ciencia, música, naturaleza, infantil y juvenil...), distribuidas en todo el ámbito geográfico del euskera.

- Subgrupo B2: revistas de información general, distribuidas en un municipio o comarca concreta.

Grupo C: suplementos íntegramente en euskera de diarios que utilizan principalmente el castellano.

Grupo D: radios que, disponiendo de las correspondientes autorizaciones, emiten parcialmente o íntegramente en euskera a través de las ondas.

Grupo E: televisiones que parcialmente o íntegramente emiten en euskera.

Grupo F: medios de comunicación de Internet y agencias de noticias:

- Diarios y revistas íntegramente en euskera.
- Radios que emiten parcial o íntegramente en euskera.
- Agencias de noticias en euskera.

2.- No podrán acogerse a esta convocatoria, en cualquier caso, aquellos medios de comunicación que se encuentren en alguna de las siguientes circunstancias:

a) Medios de comunicación en cuyo capital sea mayoritaria la participación de una o varias administraciones públicas.

b) Medios de comunicación pertenecientes a entidades integrantes de la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

c) Medios de comunicación pertenecientes a partidos políticos, coaliciones electorales, sindicatos, movimientos sociales, organizaciones no gubernamentales o colegios profesionales.

d) Medios de comunicación pertenecientes a asociaciones, fundaciones o similares dirigidos única y exclusivamente a los socios y socias de las mismas.

e) Revistas de glotodidáctica y psicopedagogía y aquellas cuyo contenido esté ligado al sector educativo.

f) Revistas, radios y televisiones escolares.

g) Boletines culturales, guías de espectáculos, pasatiempos y similares.

h) Toda publicación de tipo confidencial, distribuida ya sea por medio de suscripción ya sea a través de venta en quioscos o en formato electrónico.

i) Las publicaciones locales que no sean de información general y/o multidisciplinar.

3.- Esta convocatoria de subvenciones está destinada a aquellas personas jurídicas privadas titulares de los medios de comunicación citados.

4.- Aquellas personas jurídicas privadas que publiquen más de un medio de comunicación, solo podrán solicitar subvención para uno de tales medios de comunicación.

Documentos asociados

Boletín: 20/11/2007
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 223
Documento: Convocatoria y Anexos Descargar Documento