Subvenciones para la realización de cursos de soporte para el aprendizaje de la lengua catalana, destinados a alumnos extranjeros de nueva incorporación al sistema educativo.

Código de ayuda:

S00655/03

Norma:

Orden ENS/302/2003, de 26 de junio.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 31/12/2003

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Facilitar a los alumnos extranjeros, de nueva incorporación al sistema educativo, su integración en la sociedad catalana, y específicamente en el sistema educativo.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Educación y Ciencia

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Educación y Universidades (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Estas subvenciones se otorgan por un importe de 3.600,00 euros por cada curso de la lengua catalana que los centros realicen.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Centros docentes privados concertados de Cataluña.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Cursos de soporte por el aprendizaje de la lengua catalana, destinados a los alumnos extranjeros, de nueva incorporación al sistema educativo en el nivel de educación primaria y educación secundaria obligatoria durante el curso escolar 2003-2004.

Requisitos:

a) Tener subscrito concierto para los niveles educativos a los que se han incorporado los alumnos extranjeros (la educación primaria, la educación secundaria obligatoria, o ambos).

b) No percibir financiación del Departamento de Enseñanza o de otros departamentos u organismos de la Generalidad de Cataluña o de otras administraciones públicas, por el mismo concepto.

c) Tener un mínimo de 8 alumnos extranjeros, que se matriculen por primera vez en el sistema educativo de Cataluña en el curso 2003-2004, en cada uno de los niveles educativos objeto de esta subvención. Por tanto, hay que tener un mínimo de 8 alumnos, para organizar un curso dirigido a alumnos de educación primaria y un mínimo de 8 alumnos, para un curso de educación secundaria obligatoria.

d) Organizar y realizar cursos de soporte para el aprendizaje de la lengua catalana, destinados a los alumnos indicados, con los requisitos establecidos en el apartado siguiente.

e) En el caso de educación secundaria obligatoria, los alumnos de los centros privados no han de disponer de ningún otro soporte para el aprendizaje de la lengua catalana, como son los talleres de adaptación escolar, los cursos intensivos y los talleres de lengua.

Documentos asociados

Boletín: 08/07/2003
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 3920
Documento: Convocatoria Descargar Documento