Subvenciones para la realización de consultorías de planes de desarrollo de públicos.

Código de ayuda:

S30128/19

Norma:

RESOLUCIÓN CLT/1225/2019, de 7 de mayo. RESOLUCIÓN CLT/1519/2019, de 22 de mayo.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 2 de julio de 2019.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de esta línea de subvenciones es la concesión de subvenciones para la realización de consultorías
que tengan por objeto el diseño o la definición de planes de desarrollo de públicos.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Asesorías, Auditorías y Consultorías Externas

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Cultura (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe de la subvención tiene una cuantía máxima de 3.500,00 euros siempre que, acumulado con otras
ayudas de minimis de cualquier Administración pública otorgadas durante el ejercicio fiscal corriente y los dos anteriores, no supere los 200.000,00 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

1. Pueden ser beneficiarias de las subvenciones las empresas, personas físicas o jurídicas, que pertenezcan al ámbito de las artes escénicas, las artes visuales, editorial, musical, audiovisual, los videojuegos y las artes digitales, y que cumplan los requisitos establecidos en la base 3.

2. También pueden ser beneficiarias de las subvenciones las entidades privadas sin ánimo de lucro que
representen a un colectivo de profesionales, empresas o entidades de un sector cultural, o que se dediquen de forma continuada a la promoción, el estudio y el fomento de todo o parte de un ámbito o sector cultural de los mencionados en el párrafo anterior.

3. No pueden optar a las subvenciones las entidades con participación en sus órganos de gobierno mayoritariamente pública.

Requisitos:

a) Deberá elaborar la consultoría una empresa de consultoría externa a la empresa o entidad solicitante, que cuente con una solvencia técnica, que consistirá en haber realizado, al menos, dos consultorías a favor de empresas o entidades terceras durante los dos años anteriores a los de la presentación de la solicitud.

b) La consultoría se realizará durante el año de concesión de la ayuda y debe finalizar, como máximo, el 30 de noviembre del mismo año.

c) Una misma empresa o entidad puede presentar, para una misma convocatoria, como máximo una solicitud.

Documentos asociados

Boletín: 13/05/2019
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 7873
Documento: Bases específicas 2019 Descargar Documento
Boletín: 11/06/2019
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 7894
Documento: Convocatoria 2019 Descargar Documento