Subvenciones para la realización de actuaciones de limpieza de vías de comunicación de titularidad municipal afectadas por las nevadas en las comarcas de montaña y el Arán.

Código de ayuda:

S55855/20

Norma:

ORDEN TES/185/2020, de 23 de octubre. RESOLUCIÓN TES/3451/2020, de 22 de diciembre.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 29 de enero de 2021.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Esta línea de subvenciones tiene por objeto dar apoyo a los entes locales de las comarcas de montaña y del
Aran en la realización de actuaciones de limpieza de vías de comunicación de titularidad municipal afectadas por las nevadas durante la temporada de nieve inmediatamente anterior.

Categorías Subvención

  • Inversiones Materiales y Equipos
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Territorio (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe máximo de las subvenciones será de un 100% del coste total de las actuaciones realizadas.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios

Detalle beneficiarios:

Pueden ser beneficiarios de las subvenciones reguladas en estas bases los ayuntamientos de comarcas de
montaña y del Aran que figuran en el anexo 1, y los consejos comarcales y el Conselh Generau d'Aran que
figuran en el anexo 2 para el caso que tengan delegada o encargada la competencia y que, como consecuencia de las nevadas, hayan realizado actuaciones de limpieza de las vías de comunicación de titularidad municipal durante el periodo invernal anterior. Esta delegación o encargo se tiene que hacer extensiva también, en caso de que se otorgue la subvención, a su cobro.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Retirada de nieve, hielo y objetos que dificulten la correcta circulación.

b) Adquisición, almacenaje y distribución de potasa o de otros productos anticongelantes.

c) Arrendamiento, puesta a punto y adquisición de carburante de las máquinas de limpieza.

d) Gastos en concepto de personal propio o ajeno.

Requisitos:

a) No encontrarse en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

b) Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias ante la Generalitat de Catalunya y la Administración General del Estado, y de las obligaciones ante la Seguridad Social.

c) Declarar si se han pedido y/o han obtenido otras ayudas públicas o privadas para la misma actuación,
haciendo constar la relación detallada con la entidad concedente y la cantidad solicitada y/u obtenida.

d) En el caso de entes locales que dispongan de una plantilla igual o superior a 25 personas, indicar los
medios, con el acuerdo de los agentes sociales, para prevenir y detectar casos de acoso sexual y de acoso en razón de sexo, e intervenir en los centros de trabajo.

e) Cumplir las obligaciones que establecen los artículos 9, 10, 11 y 35 de la Ley 1/1998, de 7 de enero, de política lingüística. En el ámbito territorial de Aran se tiene que utilizar el aranés de acuerdo con la Ley 35/2010, de 1 de octubre, del occitano, aranés en el Aran, y con la normativa propia del Conselh Generau d'Aran que la desarrolle.

f) Cumplir la normativa vigente de integración de personas discapacitadas en materia de procesos de selección de personal.

g) No haber sido nunca objeto de sanciones administrativas firmes ni de sentencias firmes condenatorias
porque han ejercido o tolerado prácticas laborales consideradas discriminatorias en razón de sexo o de género.

Documentos asociados

Boletín: 29/10/2020
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 8258
Documento: Bases Reguladoras 2020 Descargar Documento
Boletín: 31/12/2020
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 8307
Documento: Convocatoria 2021 Descargar Documento